El ICAM considera de «extrema gravedad» que la Fiscalía de Madrid revele datos de la pareja de Díaz Ayuso

El ICAM considera de «extrema gravedad» que la Fiscalía de Madrid revele datos de la pareja de Díaz Ayuso

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15/3/2024 01:00
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Actualizado: 16/3/2024 09:23
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La Fiscalía Provincial de Madrid ha vulnerado el secreto profesional que ampara las comunicaciones entre letrados al revelar, por medio de un comunicado oficial, datos concretos de unas diligencias de investigación sobre Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, en el que, además, detalla fechas y contenido de conversaciones y reuniones.

Esto es de «extrema gravedad», según el Colegio de la Abogacía de Madrid, por lo que su Junta de Gobierno se reunirá el próximo lunes para examinar con todo detalle estos hechos con el compromiso de velar por el ejercicio del derecho de defensa y el secreto profesional, para llegar «hasta las últimas consecuencias».

A juicio del ICAM, la divulgación de cualquier información relacionada con las posiciones o estrategias legales de las partes, sin un acuerdo de conformidad formalizado, constituye una vulneración de estos principios básicos de sigilo, confianza y buena fe, y pone en riesgo la neutralidad que debe caracterizar la actuación del Ministerio Fiscal.

«Como garante del derecho de defensa y de todos sus colegiados/as, el ICAM defenderá a ultranza estos principios y someterá a consideración de la próxima Junta de Gobierno de este lunes, como punto extraordinario, cuantas medidas sean necesarias para garantizar que se respeten en todos los ámbitos de la práctica profesional», afirma esta corporación profesional en un comunicado.

El ICAM recuerda que el Estatuto de la Abogacía, aprobado por Real Decreto 135/2021, en su artículo 22, establece sin paliativos el deber y el derecho de los abogados a mantener en secreto todas las comunicaciones y propuestas relacionadas con el ejercicio de su profesión, garantizando así la confianza y la protección de los derechos de sus defendido.

Además, el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, en su artículo 4,5º, destaca el límite de la obligación de informar por parte del Ministerio Público, haciendo hincapié en el respeto al secreto del sumario y a los deberes de reserva y discreción inherentes al cargo, así como a los derechos de los implicados.

Este marco legal subraya la importancia del secreto profesional, especialmente en las interacciones entre fiscales y abogados, ya sea durante las diligencias de investigación o en el transcurso de los procedimientos judiciales

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