inspeccion de Trabajo periodo de prueba
El Ministerio de Trabajo ha informado de que investigará los presuntos fraudes con el periodo de prueba en las empresas. Foto: EP

Abogados laboralistas, ante la preocupación de Trabajo por los fraudes en el periodo de prueba: «era más que previsible»

29 / 04 / 2024 06:30

Actualizado el 29 / 04 / 2024 16:01

El periodo de prueba se ha convertido en un elemento clave dentro de los contratos laborales. Especialmente, en el caso de los indefinidos. Un tiempo que, esencialmente, busca confirmar la buena relación entre empresa y trabajador a nivel laboral.

Sin embargo, esta finalidad parece verse corrupto. Sobre todo, tras la última reforma laboral, Real Decreto 32/2021. Y es que, al desaparecer la regulación de los contratos temporales, algunas empresas parecen haber aprovechado este periodo de prueba como un contrato de obra. Y, a los pocos meses, despedir al trabajador como si no hubiera cumplido con sus obligaciones del periodo de prueba.

Algo que ahora preocupa, y mucho, al Ministerio de Trabajo dirigido por Yolanda Díaz.

«Es inadmisible que este periodo de prueba se use para defraudar el derecho de los trabajadores y trabajadoras a la estabilidad». Así lo señalaba la vicepresidenta del Gobierno.

Así pues, desde la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, dependiente de este ministerio, han informado que se pondrá en marcha una campaña «para comprobar posibles incumplimientos en relación con el periodo de prueba en los contratos de trabajo».

«La Inspección de trabajo buscará posibles irregularidades para evitar que algunas empresas recurran a fórmulas que mermen los derechos de las personas», destacan desde Trabajo.

Una realidad ante la que, sin embargo, los abogados laborales no parecen sorprendidos.

«Era más que previsible que hubiera empresas que utilizaran de forma fraudulenta el periodo de prueba, como una suerte de contrato temporal», explica a Confilegal la abogada Estela Martín Estebaranz, de Sincro Asesores.

Así pues, el fraude provendría de «realizar contratos indefinidos pero con la intención de darlos por terminados por no superar el periodo de prueba».

Una realidad que confirma la abogada Raquel de la Viña, Directora del Departamento Laboral de Andersen: «Es cierto que con la limitación de la tipologías de contratos temporales se ha obligado a acudir al contrato indefinido de forma genérica, pero ello no ha tenido efecto en el tejido productivo ni en una mejora equivalente de la estabilidad real de los empleos», destaca,

Es «muy difícil» detectar el fraude en el periodo de prueba

«La campaña de la ITSS se centrará en verificar los contratos que se extinguen habiendo excedido la duración máxima del periodo de prueba y se han calificado con extinción por no superación de dicho periodo. Y tiene planificado realizarlo con la famosa “Herramienta de Lucha contra el Fraude”, que es una herramienta de carácter predictivo que, mediante el cruce de distintas bases de datos, permite planificar la actuación inspectora en base a indicios de fraude, como se hizo con la campaña de los fijos discontinuos. Tendrá una virtualidad disuasoria irrelevante», asegura de la Viña a Confilegal.

«Habrá que ver en la práctica cómo se articula la campaña de la Inspección. Realmente, en la práctica, es difícil poder entender que ha existido fraude«, asegura Martín Estebaranz.

Un análisis que, sin embargo, sí podría llegar a ser posible. Especialmente, gracias a los registros laborales de las empresas. «Sí veo esa posibilidad, por ejemplo, cuando se pueda acreditar que la política o práctica habitual de la empresa es la de de hacer contratos indefinidos, y extinguirlos por no superar el periodo de prueba. Y esto sí es fácil de probar puesto que cuando se extingue la relación laboral hay que elaborar el certificado de empresa y consignar la causa de extinción», asegura Estela Martín.

Algo ante lo que Raquel de la Viña ya ha asegurado que se está trabajando ya a nivel empresa en algunos lugares. «En algunos casos ya hemos asesorado a empresas que incluyan una descripción de la razón por la que se produce la finalización por no superación del periodo de prueba,
dando una explicación mayor que la legalmente necesaria», explica.

Sin embargo, la solución, para la abogada Estela Martín, tendría que pasar por un cambio en la normativa. No tanto de los trabajos temporales, sino del propio periodo de prueba. «Lo que sería deseable sería modificar la regulación del periodo de prueba».

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