Hay condenas que no dicta ningún juez. No figuran en ningún boletín oficial, no admiten recurso y no tienen fecha de caducidad. Las dicta la opinión pública, las ejecutan los medios de comunicación y las cumple, en silencio y muchas veces de por vida, quien las sufre.
Ni la absolución, ni el sobreseimiento, ni la sentencia más favorable logran borrarlas del todo. Esta es la paradoja que centra un debate cada vez más urgente en el ámbito jurídico: ¿de qué sirve ganar en el tribunal de justicia si ya se ha perdido en el tribunal de la opinión pública?
Esta fue la pregunta que vertebró la V edición de LIDEResA, organizada por la agencia iMADES Communication con la colaboración de Corresponsables en la sede del Colegio de la Abogacía de Madrid, donde juristas, abogadas y expertas en comunicación debatieron sobre el peso devastador del juicio mediático y sus consecuencias sobre la imagen y la reputación de quienes se enfrentan a un proceso legal.
La losa que ninguna sentencia levanta
Carlos Berbell, director del diario jurídico Confilegal, moderó la mesa en la que se abordó con crudeza el fenómeno de los juicios paralelos. Berbell condujo un debate entre Estela Martín, presidenta de la Sección de Igualdad del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid y Dircom de la consultora Sincro, y Beatriz de Vicente, abogada penalista y criminóloga, en el que quedó claro que la repercusión mediática de un proceso no solo supera en alcance a su resolución jurídica, sino que la sobrevive con creces.
Estela Martín formuló su tesis sin rodeos: «Un caso mal llevado mediáticamente puede suponer un lastre para el resto de la vida, independientemente de la resolución judicial«.
Una frase que resume con precisión la naturaleza del problema: el daño mediático no espera a la sentencia, no se corrige con ella y no desaparece cuando el proceso concluye.
Este daño, además, rara vez se limita al directamente implicado. Se extiende a su familia y a su círculo cercano en lo que los expertos denominan victimización secundaria, un efecto colateral del juicio mediático que multiplica el impacto humano del proceso mucho más allá de lo que cualquier resolución judicial puede contemplar o reparar.
Beatriz de Vicente, creadora del podcast Bestias, por su carta, añadió otro mecanismo igualmente perverso: la construcción mediática y social del «culpable perfecto» o la «víctima perfecta».
Los medios y la opinión pública tienden a buscar narrativas simples que den sentido a hechos perturbadores, arquetipos que encajan con lo que se espera ver. Cuando la realidad no se ajusta al molde, se fuerza. Y quien no encaja en el perfil esperado lo paga.
«Aunque un abogado o abogada no quiera participar del impacto de la prensa, sí debe elaborar estrategias para confrontar a la opinión pública, porque siempre van a existir procesos de descrédito que pueden tumbar un proceso«, advirtió.
Su conclusión fue taxativa: el silencio mediático no existe. No comunicar es también una decisión, y casi siempre la más costosa.
Las mujeres, doble condena
Si el juicio mediático resulta devastador con carácter general, sus efectos se redoblan cuando la imputada o la víctima es mujer.
Los sesgos de género, históricamente arraigados en la cultura y en la práctica periodística, emergen con especial virulencia en la cobertura de casos legales protagonizados por mujeres, sometidas a un escrutinio que rara vez se aplica con la misma intensidad a sus contrapartes masculinas.
Nuria González, abogada especialista en derechos humanos y representante legal de Rosa Peral en su demanda contra Netflix, lo ilustró con un caso paradigmático. Peral fue condenada en 2017 junto a un hombre por el mismo delito y en idénticas circunstancias.
Sin embargo, años después, la cobertura mediática sigue recayendo casi exclusivamente sobre ella, y lo hace a través de un enfoque que privilegia su vida íntima y sexual sobre cualquier análisis jurídico de los hechos. La corresponsabilidad masculina queda sistemáticamente relegada.
«El machismo sistémico de la opinión pública y de los medios se observa de forma clara en un caso como el de Rosa Peral«, afirmó González, «convirtiendo incluso en mediático un caso que no lo era«.
Carla Vall i Duran, penalista, criminóloga e integrante del equipo legal de Jenni Hermoso, aportó una perspectiva más amplia. A lo largo de su carrera ha podido constatar que abogadas y denunciantes mujeres son sistemáticamente más mediatizadas que los hombres en situaciones equivalentes, lo que genera sobre ellas una presión adicional sin correlato masculino.
Esa realidad, señaló, obliga a la abogacía a entender el funcionamiento de los medios no como una curiosidad accesoria, sino como una competencia profesional ineludible. Si quienes defienden legalmente a sus clientes no comunican, otros —con menos rigor y distintos intereses— ocuparán ese espacio y fijarán el relato.
Un tercer caso aportó una perspectiva diferente, y en cierto modo esperanzadora. Mònica Santiago, directora ejecutiva de Vosseler Abogados, relató cómo lideró la liberación de Fátima Ofkir, una joven española condenada a cadena perpetua en Omán.
En este caso, la estrategia comunicativa no fue un instrumento defensivo sino ofensivo: fue precisamente la gestión deliberada y sostenida de la presión mediática internacional lo que creó las condiciones para que las negociaciones avanzaran y Fátima pudiera regresar a España.
Los medios, bien gestionados, pueden ser también un instrumento de justicia.
Comunicar también es defender
La conclusión que se impuso a lo largo de toda la jornada fue unánime: en el contexto actual, una estrategia de comunicación no es un complemento opcional a la defensa legal. Es, como se repitió en varias intervenciones, una condición «sine qua non».
Su función es triple: aportar información veraz y controlada sobre el proceso, posicionar la versión del cliente y proteger su reputación frente a una dinámica mediática que, con demasiada frecuencia, dicta sentencia antes que el juez y la mantiene mucho después de que este haya hablado.
El reto no es menor. Implica gestionar la tensión permanente entre el derecho a la información y el derecho a la intimidad y al secreto de las actuaciones procesales, sin soluciones simples pero con una certeza cada vez más extendida entre los profesionales del derecho: ignorar esa tensión tiene un coste que ninguna sentencia favorable puede compensar del todo.
La transparencia judicial, un valor con riesgos
Gloria Poyatos, presidenta de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias y cofundadora de la Asociación de Mujeres Juezas de España, ofreció en la apertura del evento el contrapunto institucional necesario: «La totalidad de las sentencias dictadas por los órganos colegiados son públicas, lo cual es buenísimo, es democrático y deseable que sean escrutadas por la ciudadanía a la que van dirigidas«.
Es un punto de partida irrenunciable. La transparencia judicial es un valor democrático, no un problema.
El problema surge cuando esa transparencia es instrumentalizada para construir relatos interesados, cuando la información se fragmenta para generar indignación o cuando el escrutinio legítimo se convierte en condena anticipada.
Por eso, subrayó Poyatos, profesionales de la justicia y de la comunicación deben trabajar de la mano: para preservar la integridad de los procesos y para garantizar que el derecho a la información no se ejerza a costa del derecho a la presunción de inocencia.
Dos pilares del Estado de derecho que, en la era de los juicios paralelos, necesitan más que nunca aprender a coexistir. Porque cuando el tribunal de la opinión pública condena, el tribunal de justicia pocas veces llega a tiempo de remediar el daño.