Una magistrada critica el abuso de la contratación temporal de la Administración en un voto particular
La magistrada ha asegurado que es necesario encontrar una solución a esta problemática. Foto: EP

Una magistrada critica el abuso de la contratación temporal de la Administración en un voto particular

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15/5/2024 00:45
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Actualizado: 14/5/2024 22:22
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Las condiciones de contratación de la Administración pública han llevado a una magistrada a exponer sus críticas. Y, para ello, ha utilizado su voto particular en una sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

Amparo (nombre ficticio) prestaba servicios para el Departamento de Educación del Gobierno Vasco desde 1994. Relación laboral que se mantenía desde entonces, fechándose la última contratación en septiembre de 2009. Momento en el que se fijaba su contrato de trabajo de interinidad como personal de limpieza, que continúa vigente.

Una situación que la mujer llevaba ante los tribunales. Y ante la que el Juzgado de lo Social nº1 de Vitoria dictaba sentencia en octubre de 2023, estimando la demanda de la trabajadora. Y con ello, se establecía la condición de fijeza de la trabajadora a causa de las irregularidades de la contratación.

Algo ante lo que el departamento de Educación del Gobierno vasco presentaba un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. En concreto, ante la sala de lo social, formada por los magistrados Juan Carlos Iturri, Florentino Eguaras y Maite Alejandro Arazanzamendi.

Magistrados que, en su sentencia 979/2024, desestimaban el recurso de apelación, confirmando el anterior fallo, que reconocía el derecho de la trabajadora.

Un contexto que la magistrada Arazanzamendi ha aprovechado para lanzar una dura crítica contra la gestión de la Administración de cara a los empleados públicos. Y, en concreto, ante su abuso de los contratos temporales.

La Administración “abusa” de contratos polémicos

“En España existe un abuso en la contratación temporal por parte de las Administraciones públicas. Y a ese problema ha de dársele alguna solución adecuada”, escribe la magistrada en su voto particular.

Una situación ante la que son los tribunales los que deben responder. Algo que, según Arazanzamendi, no es tarea sencilla, debido a la inconcreción de la cláusula quinta del Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada de 1999.

Del mismo modo, señala la magistrada, esta situación también se ve afectada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que ha declarado que «la declaración de fijeza no es posible si ello implica obviar un proceso selectivo exigible».

Incertidumbre y dudas ante las que, destaca la magistrada, muchos son, incluyéndose ella misma, los que optan por suspender los trámites.

Algo que podría llegar incluso hasta el Tribunal Supremo.

Según Arazanzamendi, esta posibilidad «provocará probablemente también la suspensión por el Tribunal Supremo del trámite de los recursos de casación para la unificación de doctrina planteados a propósito de esta cuestión».

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