Juristas expertos en interinos recuerdan tras la sentencia del TJUE que el Derecho Europeo prima sobre el nacional 
De izquierda a derecha: Arantxa Alfaro, Beatriz González, Federico Vidal, Gerardo Pérez y en pantalla Benet Salellas. Foto: Confilegal

Juristas expertos en interinos recuerdan tras la sentencia del TJUE que el Derecho Europeo prima sobre el nacional 

|
19/6/2024 13:58
|
Actualizado: 19/6/2024 17:23
|

La sentencia del pasado 13 de junio del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre los interinos en relación al abuso de la temporalidad y la conversión en fijos sigue dando mucho de lo que hablar. Sobre todo, con la coletilla de la sentencia que dice: «siempre y cuando esa medida no implique una interpretación contra legem del derecho nacional».

Tanto que ayer un centenar de personas se reunieron en el Salón de Actos de la sede del Parlamento Europeo en Madrid para escuchar a expertos en la materia. 

Esta sentencia considera que las convocatorias de procesos de estabilización y la indemnización fijada en la ley 20/2021 prevista en casos de no superar esos procesos no son suficientes para sancionar el abuso. 

El acto lo abrió Miguel Fadrique, secretario general del sindicato CGT, el cual manifestó que “más allá de lo que dice la sentencia, hay que saber interpretar lo que significa”. Y para ellos, lo que está claro es que reconoce que en el Estado Español y en la Función Pública hay una precariedad absoluta”.

Una precariedad que, tal y como resaltó, «no sólo afecta a las condiciones laborales de las personas trabajadoras, sino a los servicios públicos de todas las personas que vivimos en él». Ello al verse en la enseñanza y en la sanidad con contrataciones que no cubren los cupos para que haya calidad.

Conflicto de leyes

Uno de los ponentes fue Federico Vidal, magistrado jubilado de lo Contencioso-Administrativo en Barcelona. Comentó que la cláusula quinta del acuerdo marco se opone a la jurisprudencia nacional. Por lo que insistió en que era un tirón de orejas al Tribunal Supremo para que modificase su jurisprudencia y la adaptase a la normativa europea. Algo que duda que ocurra.

Vidal también apuntó que, lo que cree que dice la sentencia, aunque matizó que deberá valorarse posteriormente, es que la conversión de contratos interinos en indefinidos es posible puesto que hay que garantizar la estabilidad laboral como principal factor de protección de los trabajadores”. 

“También se puede entender que el principio de interpretación obliga a modificar la jurisprudencia si se basa en una interpretación del Derecho que es incompatible con los objetivos de una directiva. El Derecho Europeo es superior al Derecho nacional”.

Federico Vidal, magistrado jubilado de lo Contencioso-Administrativo en Barcelona. Foto: Confilegal

El magistrado comentó que si hay un conflicto de leyes entre la Constitución Española y el Derecho Europeo, prima este segundo.

En este sentido, “la sentencia entera es un llamamiento al juez para que aplique el derecho nacional, pero siempre teniendo en cuenta las finalidades de la directiva y del acuerdo marco». Ello «para conseguir la aplicación más íntegra y más exhaustiva posible del Derecho Europeo”.

Por otro lado, como anécdota, recordó que cuando empezó a ver en sus juzgados este tipo de pleitos, los miraba con interés y simpatía. Pero no acababa de encontrar el sistema para poderlos estimarlos pese a que era su deseo.

Pero un buen día de 2020 se encontró con una sentencia dictada por una jueza de Alicante que “dio en el clavo”. Le gustó su tésis, su razonamiento y se puso en contacto con ella, pero no sirvió de nada porque posteriormente el Tribunal Superior de Justicia revocaba esas sentencias, por lo que tenía que cambiar de táctica.

«No hay que agarrarse a la última coletilla de la sentencia»

Beatriz González, abogada experta en derecho administrativo y función pública desde 2012. Foto: Conflegal

Por otro lado, Beatriz González, abogada experta en derecho administrativo y función pública desde 2012, se mostró de acuerdo con el magistrado.

Agradeció a Vidal su persistencia por haberse atrevido a cuestionar que el Derecho nacional no se puede contravenir a lo establecido por la jurisprudencia comunitaria y al TJUE.

“Se ha dado una luz a todas estas cuestiones y es fundamental para seguir avanzando porque cada vez que viene una sentencia del TJUE estamos ganando en Justicia”. 

Hizo hincapié en que sabe que hay jueces muy valientes que han puesto su granito de arena por el colectivo, han identificado el problema y le han dado visibilidad. “Con razón el TJUE ha dicho que la estabilización no es una sanción al abuso porque una persona recién salida de la universidad tiene todo el tiempo del mundo para estudiar, pero la más mayor no”. 

No obstante, para González es muy importante que, con el paso del tiempo, ya no se niegue la existencia de abuso ni se niegue que la Directiva sea aplicable al sector público. O que ya no se niegue la existencia de abuso porque no se recurrió el cese o el nombramiento. Por lo que explicó que cada vez se avanza más en este asunto, y eso es con lo que hay que quedarse.

Consecuencia de distintos pleitos

Benet Salellas, abogado del caso prejudicial del TJUE C-331/22, intervino por videoconferencia. Apuntó que esta prejudicial era consecuencia de una movilización muy larga de personas trabajadoras interinas de la Administración Pública.

“Prejudiciales que no son otra cosa que pedirle al TJUE que picara un poco al Tribunal Supremo y al legislador español por su absoluta incapacidad de recibir en el ordenamiento jurídico aquello que las anteriores prejudiciales ya iban planteando”.

Respecto a la sentencia del 13 de junio, comentó que no sólo la legislación española no cumplía con la normativa europea, sino que “además reconoce que esa figura que tanto hemos puesto encima de la mesa y que tanto hemos incluido en las demandas, que es la figura del indefinido no fijo, era una forma correcta, posible, adecuada y realmente disuasoria”. 

Para Salellas, lo que está haciendo esta sentencia es animar “a desoír la jurisprudencia tan radicalmente contraria a toda la jurisprudencia que el TJUE ha ido elaborando en esta materia”.

Aunque recordó que el único límite que plantea el TJUE es no ir en contra del Derecho nacional. “En algunos casos muchos trabajadores hay trabajadores interinos que ya han superado un proceso selectivo a la hora de ser nombrado y, por tanto, convertirlos en indefinidos no es ir en contra del principio de igualdad, mérito y capacidad porque ya han cumplido esos requisitos”. 

Hay que recordar que en 2023, los órganos jurisdiccionales españoles ocuparon el sexto lugar en cuanto a número de peticiones de decisión prejudicial presentadas ante el TJUE. Fueron un total de 32. Está por detrás de Alemanía (94), Bulgaría (51), Polonia, (48) Italia, (43) y Rumanía (40).

En sus sentencias, el TJUE interpreta el Derecho de la Unión, no el nacional. Pues es al juez nacional a quien compete resolver el asunto del que conoce teniendo en cuenta la decisión del Tribunal de Justicia.

Noticias Relacionadas:
Lo último en Profesionales