Manuel Ruiz de Lara
El Promotor de la Acción Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado archivar el expediente disciplinario incoado al magistrado Manuel Ruiz de Lara por la publicación de unos mensajes en X.

Archivado el expediente disciplinario contra el magistrado Manuel Ruiz de Lara por unos tweets sobre Sánchez y el FGE

20 / 06 / 2024 13:04

Actualizado el 20 / 06 / 2024 13:18

El Promotor de la Acción Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado archivar el expediente disciplinario incoado al magistrado Manuel Ruiz de Lara por la publicación de unos mensajes en X -antiguo Twitter- en los que hacía alusión a Pedro Sánchez y a Álvaro García Ortiz, Fiscal General del Estado (FGE).

Una decisión de la que hoy ha tenido conocimiento la Comisión Permanente del CGPJ. El acuerdo ha sido aprobado con el voto en contra de las vocales Roser Bach, Mar Cabrejas y Pilar Sepúlveda.

Unos comentarios emitidos a través de la cuenta @ManuelRuizdelar -que ya no existe- en los que se llamó al Presidente «psicópatas sin límites éticos» y al FGE, «la personificación del deshonor en la carrera».

Aunque el Promotor considera que existe “una constante y notoria correlación entre el magistrado» y el perfil @ManuelRuizdelar, explica que no se ha podido determinar la autoría de los mensajes ni la autenticidad de los mismos. Tampoco quedaba probado que emitiese tales opiniones sirviéndose de su condición de juez.

Ruiz de Lara, que es titular del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid negó ser el escritor de esos comentarios.

Por lo que no se puede considerar que haya cometido la falta tipificada en el artículo 418.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ). Esta hace referencia a «dirigir a los poderes, autoridades o funcionarios públicos o corporaciones oficiales felicitaciones o censuras por sus actos invocando la condición de juez, o sirviéndose de esta condición».

No obstante, “aun dando por cierto el tuit y su autoría, en ningún caso concurriría esa otra acción que integra el tipo en cuestión de invocar la condición de juez, o de haberse servido de la misma al momento de formular sus críticas”. Según la doctrina del Tribunal Supremo, la notoriedad de la condición de juez no es suficiente por sí misma para imponer la sanción.

Respecto a las faltas de los artículos 418.5 y 419.2 de la LOPJ, que tipifican la desatención y la desconsideración, el Promotor, “de acuerdo con el criterio de la Fiscalía”, señala que no ha sido posible determinar si las manifestaciones, de ser atribuidas a Ruiz de Lara, fueron hechas como mero ciudadano o haciendo patente su condición de miembro de la Carrera Judicial, lo que también conlleva el archivo del expediente. 

EL MAGISTRADO YA FUE INVESTIGADO EN 2017

Cabe recordar que a este mismo juez, conocido por impulsar la causa de la ‘Superliga’, ya le abrieron en 2017 expediente disciplinario por organizar debates jurídicos. Entonces, el CGPJ acordó el archivo de las diligencias tras investigar las posibles incompatibilidades con su cargo.

El expediente a este juez fue incoado por la posible comisión de tres infracciones disciplinarias: una falta muy grave consistente en el ejercicio de actividades incompatibles con el cargo de juez o magistrado; otra falta muy grave de abuso de la condición de juez para obtener un trato favorable e injustificado de autoridades, funcionarios y profesionales; y una falta grave por el ejercicio de actividades consideradas compatibles con el cargo sin haber obtenido la pertinente autorización.

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