Las ofertas falsas de pisos en internet son estafa agravada, recuerda el Supremo
Simulaba que el piso era suyo para recibir la transferencia bancaria de la víctima.

Las ofertas falsas de pisos en internet son estafa agravada, recuerda el Supremo

26 / 06 / 2024 12:46

Actualizado el 26 / 06 / 2024 12:58

 El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 18 meses de prisión y 2.700 euros de multa por un delito de estafa agravada a una mujer por publicar ofertas de pisos falsos por internet. Simulaba que la vivienda era suya para recibir la transferencia bancaria de la víctima, a la que deberá indemnizar con 600 euros.

Los magistrados Andrés Martínez Arrieta (presidente), Vicente Magro (ponente), Ana Mª Ferrer, Andrés Palomo y Ángel Luis Hurtado han confirmado así en la sentencia 624/2024 de 19 de junio la dictada por la Audiencia Provincial de Madrid y ratificada por el Tribunal Superior de Justicia.

Según se explica en la sentencia, el perjudicado vio el piso en Mil Anuncios a un módico precio, por lo que le hizo la transferencia de 750 euros. 

Pero más tarde se dio cuenta de que todo era un engaño, la vivienda no se alquilaba y las fotografías del DNI que se le había enviado correspondían a la víctima de otra estafa. Ante la imposibilidad de conseguir un pis de alquiler inmediato, el denunciante y sus padres se vieron obligados a alquilar unas habitaciones para poder dormir en algún lugar. La condenada no ha devuelto el dinero ilícitamente obtenido.

La Audiencia Provincial de Madrid manifestó que aplicar la estafa agravada se fundamentaba en la idea de dar una mayor protección de bienes de primera necesidad como las viviendas. «Sólo es procedente cuando la defraudación recaiga sobre viviendas que se destinen a su uso propio, como lugar de residencia, donde puede establecer su domicilio, pues estas son la únicas que pueden ser consideradas de primera necesidad”.

En un contexto de precios de pisos alquiler muy elevados

Algo con lo que los magistrados del Alto Tribunal se han mostrado de acuerdo en un contexto de elevación de precios en el mercado de alquiler.

«Ese aprovechamiento en un contexto de necesidad de acceso a la vivienda integra una estafa agravada reprochable por el aprovechamiento que existe en quienes así actúan por medio de internet u otros foros de oferta de pisos en alquiler para conseguir un enriquecimiento patrimonial y un perjuicio a personas que demandan un inmueble en alquiler a un precio asequible».

Los magistrados de la Sala de lo Penal han explicado que, además, es «particularmente rechazable que se utilicen estas fórmulas de engaño para conseguir un beneficio económico de quien puede que esté necesitado también de dinero y que carece de inmueble en el que residir, y que por esa necesidad se vea más expuesto a caer en la trampa».

Por otro lado, también han tenido en cuenta que ese piso fue difundido en Internet y han recordado que el mercado de la vivienda en alquiler es el más vulnerable del sector, tanto en el mercado de alquiler de largo duración, como el de alquiler vacacional.”

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