El otro juego de la Eurocopa: derecho de imagen, cláusulas punitivas y el «marketing de emboscada»
|
09/7/2024 00:45
|
Actualizado: 09/7/2024 14:07
|
La Eurocopa está en uno de sus momentos más candentes. Especialmente, por el muy próximo encuentro entre España y Francia. Una sana rivalidad deportiva entre ambos países en la semifinal del campeonato que es, sin duda, uno de los momentos más álgidos del año para los amantes de este deporte.
Sin embargo, el césped no es el único sitio en el que juega la Selección Española. Y es que la Selección también juega en el terreno de la publicidad, los derechos de imagen, y la protección frente a la competencia desleal de las marcas en este tipo de competiciones.
Las marcas y el patrocinio en la Eurocopa
Y es que, durante la celebración de la competición de la Eurocopa, es la Federación española la que ostenta los derechos de imagen de los jugadores.
«El jugador cede sus derechos a la Selección. Y ésta puede ‘sublicenciarlos’ a las marcas que patrocinen al equipo» explica a Confilegal la abogada Cristina Casas Feu, socia fundadora de Casas IP Abogados.
Unos derechos que, tal y como explica la letrada, «están muy delimitados, no sólo al producto, sino a la forma de demostrar que están vinculados a la Federación. Sólo durante el campeonato, y sólo con el derecho de imagen establecido», expone.
«Por ejemplo, hay una marca de ropa, que quiso sacar un producto al mercado vinculado con la Selección en el primer Mundial en el que vestimos con la estrella. La Federación le dejó únicamente lanzar un producto. Un perfume. Sólo podía tener la estrella en el tapón, y en la caja de la colonia, que además debía ser de caballero. Además, la marca sólo podía hacer publicidad con una única foto, en la que aparecían cinco jugadores. Sin editar», recuerda Casas Feu.
Canon publicitario que las marcas establecen para ser licenciatarias de los derechos de imagen de la Selección durante el campeonato. «Dure lo que dure», expone la letrada. Así pues, esta publicidad únicamente puede estar vigente durante el evento deportivo.
«Sólo pueden publicitar y fabricar producto mientras esté en activo la Selección. En el momento en que se caiga de la competición, no se podrá crear nuevo producto, ni publicitarlo. Eso sí, sí se puede vender el ya fabricado», explica Cristina Casas Feu.
Límites que están marcados a través de «cláusulas punitivas» en este contrato de patrocinio. Y de, incumplirse, se produciría una infracción de contrato, por la que la marca debería indemnizar a la federación.
El ‘ambush marketing’ en las competiciones
Sin embargo, no todo es «juego limpio» entre las marcas de cara al patrocinio durante la Eurocopa. Tampoco en el resto de competiciones deportivas, especialmente sensibles al fenómeno del «marketing de emboscada», conocido como «ambush marketing».
«Es un tipo de competencia desleal que se da mucho en el mundo del fútbol», asegura Cristina Casas. «Un patrocinador paga por ser ‘sponsor’ de la Eurocopa. Pero puede aparecer una marca de la competencia, e intentar absorber ese éxito a través del marketing».
«Budweiser pagó por ser patrocinador de un campeonato. Sin embargo, llegó una cerveza local de Ámsterdam, y contrató a un montón de modelos. Muchas de ellas, novias de los jugadores. Las invitó al partido, y les dio una camiseta con la marca. Crearon un gran jaleo en el estadio, y consiguieron hacer sombra al patrocinador oficial», explica la abogada.
Algo que también hizo la famosa marca de preservativos Durex durante las Olimpiadas. No de cara a enfrentarse a su competencia, sino de cara a utilizar el evento deportivo para su campaña publicitaria. Ello, sin pagar el patrocinio.
«Aquí, es la Federación la que puede llevar a la marca ante los tribunales por competencia desleal. Porque el ambush marketing aún es un elemento muy reciente, y no cuenta con una ley propia», explica la abogada a Confilegal.
Los derechos de los jugadores
Sin embargo, los jugadores no abandonan por completo sus derechos de imagen durante la Eurocopa u otros eventos deportivos. Y es que, tal y como explica Cristina Casas, «el jugador se queda con una parte del patrocinio». Un derecho que es inherente a la persona física.
«El jugador tiene derecho de imagen. Y este derecho tiene muchas perspectivas; por ejemplo, el ámbito privado. Algo que se queda «inherente» al jugador. El resto, se cede a la competición, o al club de fútbol en cuestión», asegura la abogada. Y es en este último caso en el que es el club o la federación quien debe demandar y proteger el derecho de imagen del jugador ante injerencias ilícitas de las marcas.
Un derecho que se extiende en el caso de algunos jugadores. Es el caso del jugador francés Kylian Mbappé que, según afirma la abogada, es el jugador «que más derechos de marca protegidos tiene de todo el mundo».
Así pues, Mbappé tiene su nombre registrado para muchas actividades empresariales. Algo que hace que su nombre «ya sea considerado una marca». Algo que el francés comparte con otros grandes jugadores, como Messi y Cristiano Ronaldo, que le siguen entre los jugadores que, más allá del campo, se han convertido en marcas de gran interés.
Noticias Relacionadas: