Fin al crimen del Hotel Palace por sumisión química: el TS ratifica hasta 15 años de cárcel para dos hombres por homicidio
Los hechos ocurrieron en el hotel en la madrugada del 29 de octubre de 2021 en la habitación 541. Foto: EP

Fin al crimen del Hotel Palace por sumisión química: el TS ratifica hasta 15 años de cárcel para dos hombres por homicidio

10 / 07 / 2024 17:08

Actualizado el 10 / 07 / 2024 17:11

El Tribunal Supremo ha confirmado las penas de prisión impuestas a dos hombres acusados de homicidio por sumisión química en el Hotel Westin Palace de Madrid por unos hechos que ocurrieron en la madrugada del 29 de octubre de 2021 en la habitación 541. Para uno de ellos, la condena es de 15 años y medio y, para el otro, de 14.

Mataron a un empresario que se alojaba en el citado hotel y, posteriormente, le robaron algunos objetos de valor y tarjetas bancarias con las que intentaron sacar dinero de un cajero automático sin conseguirlo.

La condena fue dictada por la Audiencia Provincial de Madrid, ratificada posteriormente por el Tribunal Superior de Justicia de esta ciudad y, ahora, por el Alto Tribunal.

De modo que los magistrados de la Sala de lo Penal Andrés Palomo (ponente), Andrés Martínez, Ana María Ferrer, Vicente Magro y Eduardo de Porres han puesto fin en la sentencia 699/2024 de 3 de julio a este caso tras desestimar los recursos de los acusados.

Se les condenó por delitos de homicidio, robo con violencia y leve de estafa, a uno de ellos en grado de tentativa. Además, se estableció que debían pagar, conjunta y solidariamente, una indemnización de 150.000 euros a la pareja de la víctima y de 100.000 euros a la madre.

Los hechos ocurrieron en la habitación del hotel

Según se explica en la sentencia, que recoge los hechos probados de la dictada por la Audiencia de Madrid, todo ocurrió en el interior de una de las habitaciones a las 5:00 horas. La víctima se encontraba en compañía de sus agresores.

Una vez dentro, los dos, o uno de ellos con el conocimiento y consentimiento del otro, vertieron en el vino blanco que consumía la víctima ácido gamma-hidroxibutírico (GHB). El objetivo era quitarle los objetos de valor. Le administraron cantidad suficiente como para causarle la muerte, algo que ocurrió a las pocas horas.

El GHB es un potente depresor del sistema nervioso central que inicialmente puede producir sensación de bienestar y euforia. Es conocido también como “éxtasis líquido”.

De modo que, aprovechando el estado de inconsciencia en el que quedó, se marcharon una hora después y se llevaron consigo un teléfono, una tablet, un reloj y tres tarjetas bancarias con las que intentaron extraer dinero. Algo que no lograron al no saberse el pin.

No obstante, como una de las tarjetas estaba instalada en el móvil de la víctima, la usaron para hacer una compra en un estanco por importe de 58,47 dólares americanos. También en un salón de juegos y apuestas, donde hizo dos cargos por valor de 116,94 y 223,88 dólares.

GHB en sangre de 155,85 miligramos por litro

Sobre las 10.00 de la mañana del día 30 fue hallado en la habitación el cuerpo sin vida de la víctima. El informe toxicológico reveló una ingesta de GHB en sangre de 155,85 miligramos por litro.

Los magistrados comentaron que el Tribunal del Jurado llegó al convencimiento de que fueron los acusados quienes vertieron el GHB en el vino que consumió la víctima basándose en datos fundamentales como su presencia junto al fallecido en la habitación del hotel.

Pues se le vio entrar y salir de ella en las cámaras de vigilancia. Además, había huellas dactilares.

Otro dato clave era la impregnación de GHB tanto en la botella como en el vaso del que bebió. Algo que quedó demostrado por los informes de la Policía Científica y del Instituto Nacional de Toxicología.

Asimismo, la Sala de lo Penal señala que la utilidad que se le da al GHB como sistema de sumisión química en actos depredatorios, como sostuvieron los especialistas en el juicio, unido a que al menos un acusado reconoció haber sustraído efectos de valor, deriva en el carácter incriminatorio aceptado por el Tribunal del Jurado.

Por último, se consideró probado que la coordinación de la víctima y su comportamiento antes de entrar al hotel era normal, tal y como sen vio en las cámaras. Por lo que el consumo se realizó en el interior de la habitación.

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