TSJA
Los integrantes de la Sala del TSJA insisten en que «una cosa» es que la periodista supiera del carácter reservado de los datos publicados, «y otra muy distinta que fuera consciente de la ilicitud de su obtención»

El TSJA absuelve a la periodista del «Huelva Información» condenada por publicar informaciones de un sumario

26 / 07 / 2024 14:14

Actualizado el 26 / 07 / 2024 14:15

En esta noticia se habla de:

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha absuelto a la periodista del «Huelva Información» que hace un año se convertía en la primera en ser condenada en España por revelar información sobre un sumario, el del caso Laura Luelmo, la profesora zamorana asesinada en El Campillo (Huelva) en 2018.

El TSJA la absuelve del delito de revelación de secretos del artículo 197.3 del Código Penal al que había sido condenada por la Audiencia de Huelva a dos años de cárcel y a una multa de 3.240 euros, e inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión de periodista durante el tiempo de la condena.

El TSJA, en una sentencia los magistrados Rafael García (presidente), José Luis Ruiz y Julio Ruiz-Rico (ponente) han estimado el recurso de las defensas de la periodista y de Huelva Información, ejercidas por el bufete Garrigues y los servicios jurídicos del Grupo Joly, que habían alegado la indebida aplicación del artículo 197.3.2 del Código Penal, que castiga el delito de revelación de secretos.

Entiende que los hechos probados en los que se basó la sentencia «no son susceptibles de integrar» el mencionado delito ni tampoco hay pruebas del «posible origen delictivo o ilícito de la información recogida en los artículos periodísticos».

Por ello, los magistrados fundamentan la absolución de la periodista en el hecho de la sentencia dictada por la Audiencia «no contiene ninguna referencia concreta, no ya en los hechos probados, sino tampoco en sus fundamentos jurídicos, al posible origen delictivo o ilícito de la información recogida en los artículos periodísticos», lo cual es «imprescindible» para configurar el delito de revelación de secretos.

Datos de naturaleza reservada

El tribunal de la Audiencia sostuvo que la acusada debía conocer por su profesión que los datos sumariales son de naturaleza reservada, salvo para las partes intervinientes, «por lo que necesariamente tuvo que ser consciente de su procedencia ilegítima, con independencia del procedimiento por el que llegaran a su poder».

En este punto, los integrantes de la Sala del TSJA insisten en que «una cosa» es que la periodista supiera del carácter reservado de los datos publicados, «y otra muy distinta que fuera consciente de la ilicitud de su obtención», lo que debía acreditarse y no solo fruto de «meras conjeturas o suposiciones».

Y concluyen: «Lo que en este caso no se acredita».

La periodista fue condenada a 2 años de prisión

El 6 de junio de 2023 la Sección Tercera de la Audiencia de Huelva condenó a Raquel María R. R. a las penas de dos años de prisión, multa de 18 meses a razón de 6 euros por día e inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión periodística durante el tiempo de condena a raíz de la publicación en el diario Huelva Información de varias informaciones del contenido de la instrucción judicial del caso del asesinato de la profesora Laura Luelmo.

Asimismo, condenaba a la informadora a indemnizar con 15.000 euros al padre y otros 15.000 a la madre de la fallecida, declarando la responsabilidad civil subsidiaria de la empresa editora del diario.

Frente al fallo condenatorio tanto la periodista como el periódico interpusieron sendos recursos ante el TSJA en los que alegaron vulneración del derecho de defensa.

Igualmente, alegaron la calificación errónea de los hechos declarados probados, la vulneración del derecho de presunción de inocencia al haberse dado por acreditado «sin pruebas» el origen ilícito de la información publicada y vulneración del derecho constitucional a la libertad de información.

Noticias relacionadas:

Opinión | Las filtraciones de la privacidad del expresidente José Luis Rodríguez Zapatero

La jueza archiva la causa contra Miguel Ángel Rodríguez por revelación de secretos a periodistas

González Amador confirma la versión de Miguel Ángel Rodríguez en la presunta difusión de datos de dos periodistas

Los titulares periodísticos «exagerados» también están amparados por la libertad de información, según el TS

La Audiencia de Madrid ordena investigar a Carlos Cuadrado Gómez-Serranillos por acceder a mensajes privados de un grupo de WhatsApp de detectives del que no era miembro

Un guardia civil cobra por filtrar matrículas a una agencia de detectives: cuatro años de cárcel

Lo último en Tribunales

Asalto ospina abogados

Asaltan las oficinas de Ospina Abogados, sustraen el expediente de Vito Quiles y se dan a la fuga en un BMW serie 7

poder disciplinario del empresario

Gritos y aspavientos ante un delegado sindical: el TSJ de Madrid avala que solo mereciera un aviso escrito

insulto whatsapp amenazas homofobia

«Tienes tetas y polla»: un insulto por WhatsApp se convierte en delito de amenazas con agravante homófobo

pensión de alimentos

Un hombre gana a su expareja la pensión de alimentos en los tribunales: ella quería que siguiera pagando, aunque su hijo ya trabajara

ChatGPT Image 26 jun 2026, 19_49_04

La antigüedad no blinda frente al despido cuando el trabajador agrede a un compañero