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Según el sindicato CSIF, la sentencia, que reconoce el derecho a teletrabajar durante tres días a la semana, establece un precedente clave para la conciliación laboral y familiar.

Un juzgado valenciano reconoce el teletrabajo a una funcionaria para atender a sus padres

7 / 10 / 2024 05:36

Actualizado el 07 / 10 / 2024 08:15

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El Juzgado de lo Social número 4 de València ha reconocido el derecho al teletrabajo de una funcionaria de Turisme de la Generalitat que fundamentó su necesidad de adaptar su jornada laboral para poder atender a sus progenitores, en especial a su madre, de 71 años y con una discapacidad del 55 %.

Según el sindicato CSIF, la sentencia, que reconoce el derecho a teletrabajar durante tres días a la semana, establece un precedente clave para la conciliación laboral y familiar.

Teletrabajo

Desde el inicio de la pandemia de la covid, la empleada prestó sus servicios en la modalidad de teletrabajo y, una vez finalizada, se le aprobó el Plan de Teletrabajo con el que continuó realizando el teletrabajo durante tres días alternos y dos presenciales.

«Es decir, que, aun terminando la pandemia y la situación de emergencia, se decide por parte de la empresa continuar teletrabajando», apunta el sindicato, que ha ganado este caso.

El conflicto se originó tras la resolución que recibió la trabajadora en la que se comunicaba la finalización del teletrabajo, a lo que ella alegó que fundamentaba su necesidad de adaptar su jornada laboral para poder atender a sus progenitores, sobre todo a su madre, con discapacidad.

Artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores

El CSIF recuerda que el artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores establece que las personas trabajadoras con estas situaciones tienen derecho a solicitar adaptaciones en forma de prestación de su trabajo a distancia, teletrabajo, para poder así contribuir en la conciliación de la vida familiar y laboral.

Pero la empresa no abrió un proceso de negociación, ni presentó razones objetivas para denegar la adaptación de la jornada solicitada.

Ahora el juzgado reconoce a la trabajadora el derecho a teletrabajar tres días a la semana y poder así compaginar su vida laboral con la familiar.

La resolución es firme y no admite recurso de suplicación por parte de Turisme Comunitat Valenciana.

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