El CGPJ da luz verde a que se indemnice a la madre de Romina Celeste por mal funcionamiento de la justicia
|
26/11/2024 09:02
|
Actualizado: 26/11/2024 09:02
|
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha dado luz verde, tras haber emitido un informe favorable, a que la familia de Romina Celeste, la joven de 25 años asesinada en Lanzarote a manos de su marido, pueda ser indemnizada por haberse producido un anormal funcionamiento de la justicia. Consideran que ha habido dilaciones indebidas
El siguiente paso debe darlo el ministerio, el cual debe considerar si se acoge al informe sobre responsabilidad patrimonial del Estado emitido por el CGPJ o si lo deben pleitear en la jurisdicción contencioso-administrativa.
La madre de la joven solicita 317.373 euros por dilaciones indebidas y la destrucción del pulmón de su hija. Petición que ha llevado a cabo de la mano de los abogados Emilia Zaballos y Francisco Manuel Jiménez, de la Asociación de Afectados por Dilaciones Indebidas.
Romina Celeste desapareció en la Nochevieja de 2019. Su marido, Raúl Díaz, no denunció su desaparición hasta una semana después, pero todas las sospechas apuntaban a que él era el autor.
Finalmente, cuatro años y medio después, la Audiencia Provincial de Las Palmas le juzgó y condenó a 15 años y 9 meses de cárcel. La maltrató repetidamente, la mató, la descuartizó y se deshizo del cadáver, el cual trató de quemar y lo lanzó al mar. Sólo apareció su pulmón.
Puesto en libertad antes del juicio
Sin embargo, la apertura de juicio oral se retrasó demasiado. Tanto que llevó a que el ya condenado saliera de prisión preventiva el 12 de enero de 2023 sin que se hubiera celebrado el juicio tras pasar el máximo permitido, 4 años. Algo que está plasmado en el artículo 504 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Según explican los letrados de la madre de Romina, esta situación le causó un «inmenso dolor» y un «daño psicológico brutal».
Unas dilaciones que, según manifestaron, se produjeron a partir de enero de 2020. Por ejemplo, detallan que hubo una falta de diligencia y preferencia en la tramitación de la causa en lo sucedido con una prueba «meramente circunstancial y «prácticamente irrelevante para el esclarecimiento de los hechos».
Y es que, el 18 de noviembre de 2020 se acordó, a través de un auto, un informe sobre si unas tijeras eran aptas para desmembrar el cuerpo de la víctima. Informe que no se entregó hasta el 23 de marzo de 2022, dos años y medio después de haber sido pedido.
Según expresaron los letrados en el expediente dirigido al CGPJ, era «intolerable que el juzgado y el fiscal» consintiesen que «se perdiera» todo este tiempo «en una prueba superflua ya que la profanación del cadáver ya estaba acreditada al encontrarse un trozo de pulmón cuyo perfil genético coincidía con la víctima».
Otro ejemplo fue cuando la defensa interpuso el día 20 de septiembre de 2021 un recurso de apelación. «El mismo, de forma absolutamente incomprensible, no se tiene por interpuesto hasta el día 25 de noviembre de 2021 en el que se da traslado a las partes, casi dos meses después».
No pudo recuperar ninguna parte del cuerpo de Romina
La madre de Romina no sólo ha sufrido por las dilaciones indebidas y por el asesinato de su hija, sino porque no pudo recuperar ninguna parte del cuerpo de su hija. Lo único que apareció del cadáver descuartizado fue un trozo de pulmón que el mar devolvió a la playa de las Cucharas (Lanzarote) el 5 de enero de 2019.
Según explicaron los abogados en el expediente, la primera jueza de instrucción de 2019, «que lo hizo de maravilla», prometió a la familia que, una vez terminado el proceso, podría llevarse a Paraguay -su ciudad natal- la única parte hallada del cuerpo de su hija, por lo que hizo una hornacina. «Siempre nos decía: yo ese trocito de Romina me lo quiero levar allí, a mi tierra», comenta Francisco Jiménez.
Pero «la sorpresa llegó cuando después de terminar el juicio recibieron una llamada en la que les dijeron que Instituto de Toxicología y Ciencias Forenses lo había destruido. Sólo quedaban unas lasquitas». Algo que era lo «último que le quedaba de su hija para poder cerrar el duelo y darle sepultura».
De modo que el CGPJ ha considerado que en el procedimiento que da lugar a la reclamación se ha producido un funcionamiento anormal de la Administración de Justicia.
Noticias Relacionadas: