Catorce años de batallas jurídicas, un dictamen de la ONU en su favor y una petición al propio CGPJ no han bastado. La Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha desestimado el recurso del exjmagistrado más famoso de España.
La sentencia, cuyo texto íntegro se notificará en los próximos días, cierra, por ahora, el caso.
Baltasar Garzón lleva años combatiendo en los tribunales la misma condena que él mismo, irónicamente, no puede recurrir ante un tribunal superior.
Aforado por su condición de magistrado de la Audiencia Nacional, el Supremo juzgó su causa en única instancia ante un tribunal de siete magistrados. Sin segunda oportunidad. Sin posibilidad de apelación ordinaria.
Esa asimetría procesal —que él mismo ha denunciado como una vulneración de sus derechos fundamentales— ha sido el eje central de una larga y tortuosa batalla jurídica que, este miércoles, ha recibido un nuevo golpe definitivo.
El origen: las escuchas de la Gürtel
La historia arranca en los años de la gran investigación sobre la trama Gürtel, la red de corrupción que salpicaba al Partido Popular y que Garzón instruía desde el Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional.
En el transcurso de aquella causa, el magistrado ordenó intervenir las comunicaciones que los principales imputados —encarcelados preventivamente— mantenían con sus abogados defensores.
Una decisión que él justificó como necesaria para evitar el blanqueo de capitales, pero que la acusación —ejercida por el empresario José Luis Ulibarri a través del abogado Ignacio Peláez— calificó de prevaricación y violación de las garantías constitucionales.
Los fiscales del caso no sólo no acusaron, sino que solicitaron la absolución de Garzón, argumentando que en causas ajenas al terrorismo —como el caso de Marta del Castillo o el del narcotraficante Pablo Vioque— también se habían ordenado intervenciones similares sin consecuencias penales para los instructores. La acusación popular, sin embargo, prosperó.
Mayo de 2010: el adiós entre lágrimas
Antes de que llegara la condena, el deterioro era ya irreversible. El pleno extraordinario del CGPJ decidió el 14 de mayo de 2010, por unanimidad, suspender cautelarmente en sus funciones a Baltasar Garzón, después de que el magistrado del Tribunal Supremo Luciano Varela, instructor, acordara la apertura de juicio oral por la investigación de los crímenes del franquismo.
El magistrado abandonó la Audiencia Nacional llorando, entre los vítores y aplausos de sus compañeros, veintidós años después de cruzar sus puertas por primera vez.
Aquel momento concentraba toda la paradoja del caso: el juez que había perseguido a Pinochet, que había metido a narcos y terroristas en prisión, que se había convertido en referencia mundial de la justicia universal, salía por la puerta de atrás de su propio juzgado, suspendido por quienes investigaba.
Tres juicios sucesivos
El Supremo llegó a tener abiertas contra Garzón tres causas de forma sucesiva. El primero por su investigación sobre la trama Gürtel, el segundo por querer dar respuesta a las víctimas de los crímenes del franquismo, y el tercero por los cursos que había realizado en Nueva York.
El desenlace fue dispar. La causa por su instrucción del caso Gürtel concluyó con sentencia condenatoria por prevaricación, con inhabilitación de su cargo de juez por once años. En la causa del franquismo fue absuelto. Y la de los cursos de Nueva York fue archivada.
9 de febrero de 2012: la condena
El Tribunal Supremo condenó a Baltasar Garzón a once años de inhabilitación especial para el ejercicio de su cargo y a una multa de 2.520 euros por un delito de prevaricación y por «restringir sustancialmente el derecho de defensa», en una decisión a la que, según la sentencia de la que fue ponente el magistrado Miguel Colmenero, no pudo conducirle «ninguno de los métodos de interpretación del derecho usualmente admitidos».
La sentencia era devastadora en sus términos. El fallo le imponía la pérdida definitiva del cargo y de sus honores, además de la incapacidad para obtener cualquier empleo con funciones jurisdiccionales durante el tiempo de la condena.
Garzón rechazó «frontalmente» la condena y anunció su intención de recurrir ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Días después, el 20 y el 23 de febrero de ese mismo año, el CGPJ adoptó los acuerdos que ejecutaban la sentencia: la separación definitiva de Garzón de la carrera judicial.
Los recursos que no prosperaron
Lo intentó todo. Garzón recurrió su caso ante el Tribunal Constitucional y ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Ambos inadmitieron de plano sus recursos contra la condena por prevaricación que le impuso el Tribunal Supremo.
Cerradas esas vías, acudió al Comité de Derechos Humanos de la ONU –un órgano político–. Y allí encontró, por primera vez, un pronunciamiento a su favor. En una resolución dictada el 13 de julio de 2021, el organismo concluyó que la condena de Garzón fue «arbitraria e imprevisible» porque no se basaba en disposiciones suficientemente explícitas, claras ni precisas que definieran con exactitud la conducta prohibida.
El Comité señalaba además que uno de los magistrados que le juzgó —Luciano Varela, que también había instruido el caso del franquismo— había mostrado falta de imparcialidad al asistir a las acusaciones en la redacción de sus escritos contra el propio Garzón.
El organismo de la ONU exigió a España una reparación al exjuez y que eliminara sus antecedentes penales, además de cuestionar que, al ser condenado por el Supremo por su condición de aforado, se le privara de una segunda instancia.
Pero el Supremo español no lo vio así. La Sala Especial del Tribunal Supremo consideró que un dictamen del Comité de Derechos Humanos de la ONU no es equiparable a una resolución del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, y recordó que sólo las resoluciones de Estrasburgo habilitan la revisión de las sentencias.
2025: el último intento
El último capítulo arranca el 17 de junio de 2025, cuando Garzón, a escasos meses de la jubilación, presentó ante el CGPJ una solicitud de revisión de oficio de los acuerdos de 2012.
Su estrategia se sustentaba en dos pilares: la declaración de extinción de responsabilidad criminal emitida por el Supremo el 25 de noviembre de 2021, con efectos retroactivos desde el 1 de mayo de ese año, y el dictamen del Comité de Derechos Humanos de la ONU de julio de 2021. Argumentaba que ese pronunciamiento internacional obligaba a una reparación integral, incluyendo la anulación de su inhabilitación y su readmisión como magistrado, al menos de forma simbólica, para evitar jubilarse sin haber limpiado su nombre.
El 8 de octubre de 2025, el Pleno del CGPJ acordó inadmitir por «carencia manifiesta de fundamento» la petición del exmagistrado.
El órgano de gobierno de los jueces razonó que, mientras la sentencia del Supremo no fuera revisada o declarada nula por el cauce legal pertinente, estaba obligado a tenerla por válida y a darle cumplimiento.
Garzón recurrió esa decisión ante la Sala Tercera del Supremo mediante el procedimiento especial de protección de derechos fundamentales, la vía más garantista del ordenamiento contencioso-administrativo.
El portazo final
Este miércoles, la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha deliberado el asunto y ha resuelto desestimar el recurso en su totalidad.
La Sección, con Luis María Díez-Picazo Giménez como magistrado ponente, ha concluido por unanimidad que el CGPJ actuó conforme a derecho al rechazar la solicitud que Garzón presentó al amparo del derecho fundamental de petición recogido en el artículo 29 de la Constitución.
El Abogado del Estado y el Ministerio Fiscal coincidieron en sus escritos con la posición del CGPJ.
La sentencia íntegra se notificará en los próximos días.
Garzón, que cumplió los once años de inhabilitación hace ya varios años y que el Gobierno de Pedro Sánchez ha designado para presidir la Comisión de la Verdad sobre los crímenes del franquismo, no podrá ser rehabilitado por esta vía. Porque, debido a que el 26 de octubre de 2025 cumplió los 70 años que marcan la jubilación para los jueces, no podría volver a la judicatura.
La toga que dejó entre lágrimas en mayo de 2010 sigue, jurídicamente, donde la dejó.