El TSJCat ve indicios 'suficientemente sólidos' para juzgar a Laura Borràs por presunto fraude 
Sobre estas líneas, Laura Borràs cuando era presidenta del Parlamento catalán. La líder independentista también fue presidenta de Junts entre 2022 y 2024. El indulto impide que pueda volver a la política hasta dentro de 12 años. Foto: EP.

El Gobierno indulta parcialmente a la expresidenta del Parlament, Laura Borrás

28 / 07 / 2026 21:46

Actualizado el 28 / 07 / 2026 21:46

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un indulto parcial para Laura Borràs, expresidenta del Parlament de Cataluña y presidenta de Junts –el partido de Carles Puigdemont– entre junio de 2022 y octubre de 2024.

Gracias a esta medida, su pena de cárcel —4 años, 6 meses y 1 día, impuesta por prevaricación y falsedad documental durante su etapa al frente de la Institució de les Lletres Catalanes— se reduce a 2 años.

El resto de la condena sigue en pie: mantiene la multa y los 13 años de inhabilitación para ejercer cargos públicos.

Según explicó el Ministerio de Justicia, la decisión sigue la propuesta del propio Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el tribunal que la condenó y que, en su sentencia, ya había calificado la pena de prisión de «desproporcionada y excesiva».

Dieciocho contratos, el origen de su condena

Dieciocho contratos. Esa es la cifra que marca el origen de todo. Entre 2013 y 2018, al frente de la Institución de las Letras Catalanas (ILC), Laura Borràs fraccionó otros tantos contratos públicos para adjudicarlos de forma directa a un amigo, sin pasar por el trámite del concurso público.

Una decisión administrativa que, años después, terminaría costándole el acta de diputada y una condena de prisión confirmada por el Tribunal Supremo.

El primer capítulo judicial se escribió en marzo de 2023. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat) impuso a la entonces presidenta del Parlament una pena de cuatro años y medio de prisión. La sentencia no fue el final del recorrido, sino apenas su primer peldaño.

El Supremo tardó casi dos años en pronunciarse. Lo hizo en febrero de 2025, y su fallo no dejó margen de ambigüedad: confirmó la condena, fijó la pena en cuatro años y seis meses de prisión por los delitos de falsedad documental, y añadió nueve años de inhabilitación especial para el ejercicio de empleos o cargos públicos electivos como responsable de un delito de prevaricación administrativa.

A ello se sumó una multa de 36.000 euros.

Pidió la aplicación de la ley de amnistía, pero no tocaba, según el Supremo

Hubo, además, una batalla paralela que Borràs también perdió: la aplicación de la ley de amnistía. El Alto Tribunal rechazó extenderle sus efectos al entender que los hechos por los que fue condenada —la adjudicación irregular de contratos públicos— no guardaban relación alguna con el proceso independentista catalán.

Un argumento que separaba, con nitidez, la actuación administrativa cuestionada del contexto político en el que la propia condenada había intentado enmarcarla.

La condena tuvo, también, una consecuencia inmediata en su carrera institucional. La Junta Electoral Central le retiró el acta de diputada autonómica, una decisión que Borràs recurrió ante el Tribunal Supremo.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo desestimó el recurso y respaldó un principio de calado: la inhabilitación podía operar incluso antes de que la sentencia penal alcanzara firmeza.

l tribunal defendió que la protección de las instituciones públicas exige que quienes ejercen cargos representativos no puedan hacerlo mientras pesa sobre ellos una condena por delitos como la prevaricación, con independencia del área de la Administración en que se hubiera cometido.

El expediente judicial de Laura Borràs queda así trazado en dos tiempos: la sentencia territorial del TSJCat y su ratificación por el Supremo, que además cerró la puerta a cualquier intento de vincular el caso al proceso soberanista.

Dos instancias, un mismo resultado, y una expresidenta del Parlament que perdió tanto la libertad condicional a corto plazo como su condición de representante electa.

Cuatro indultos más

El caso de Borràs no es el único: el Gobierno aprobó ese mismo día otros cuatro indultos.

Entre ellos destaca el del gestor cultural Natalio Grueso, condenado a 8 años de cárcel, otros 8 de inhabilitación y una multa.

En su caso, el Ejecutivo perdona la parte de la pena que aún debía cumplir en prisión por «motivos humanitarios» ligados a su estado de salud, aunque el resto de la condena se mantiene.

Del mismo modo, el Consejo de Ministros ha acordado indultar parcialmente al exalcalde de Linares, Jaén, por el PSOE, Juan Fernández Gutiérrez, condenado por un delito de malversación de caudales públicos.

Con ello, se conmuta la pena de prisión impuesta de tres años por otra de dos años, si bien se mantiene la pena de inhabilitación de siete años.

La solicitud contaba con el informe favorable del tribunal sentenciador, el aval del grupo popular y el grupo socialista de Linares, el apoyo del Ayuntamiento de esta localidad y el de una asociación vecinal que recabó una cifra relevante de firmas a su favor en el municipio.

Por último, el Gobierno ha aprobado indultar también parcialmente a dos ciudadanos particulares condenados por delitos contra la salud pública a las que se les conmutarán las penas de tres y cuatro años y medio de prisión por una de dos años. Las dos personas contaban con informes favorables de los tribunales sentenciadores y del Ministerio Fiscal.

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