Energya VM Gestión de Energía es una empresa española que opera en el sector energético. Su actividad principal se centra en la comercialización de electricidad y gas natural, ofreciendo servicios a clientes residenciales, empresas y administraciones públicas.
La empresa Energya VM Gestión de Energía, condenada a 6.000 euros por incluir a un cliente en un fichero de morosos
|
12/1/2025 05:35
|
Actualizado: 11/1/2025 22:00
|
El magistrado del Juzgado de Primera Instancia nº 18 de Zaragoza, Juan Vacas Larraz, ha condenado a la empresa Energya VM Gestión de Energía S.L.U. a indemnizar a uno de sus clientes con 6.000 euros por incluirlo en un fichero de morosos sin cumplir los requisitos legales. Se produjo, por lo tanto, una vulneración de su derecho al honor.
Vacas Larraz considera, en su sentencia número 728/2024, que la compañía no realizó un requerimiento previo fehaciente, condición indispensable según la normativa vigente, antes de registrar al demandante como deudor.
El cliente, representado por Santiago Ron, socio de la firma Lawyou, interpuso una demanda por intromisión ilegítima en su derecho al honor, al ser incluido indebidamente en sistemas de información crediticia.
La empresa demandada, Energya VM Gestión de Energía, defendió haber cumplido con los requisitos legales para dicha inclusión. Y el Ministerio Fiscal solicitó que se desestimara la demanda.
Sin embargo, el tribunal, tras analizar las pruebas presentadas, concluyó que no se había notificado de manera adecuada al cliente, como exige la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPD) y la Ley Orgánica de Protección Civil del Derecho al Honor.
«No consta un requerimiento fehaciente previo a la anotación al deudor, dado que las cartas que se remitieron no fueron recibidas ni pueden tenerse por recibidas con anterioridad a la anotación en el fichero», dice el magistrado en su sentencia. «Es evidente que no se produjo un requerimiento con advertencia antes de la anotación en el registro de morosos».
HAY QUE NOTIFICAR PREVIAMENTE ANTES DE INCLUIR EN UN FICHERO DE MOROSOS
La sentencia subraya que, para incluir a una persona en un fichero de solvencia patrimonial, es imprescindible notificar previamente al afectado de manera fehaciente y garantizar que se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 20 de la LOPD.
En este caso, las notificaciones enviadas por Energya VM no fueron recibidas por el demandante, lo que desvirtúa la legalidad de la actuación de la empresa.
Además, el fallo resalta que la cláusula contractual invocada por la demandada no advertía explícitamente sobre la posibilidad de ser incluido en un fichero de morosos, lo que refuerza la ausencia de base legal para justificar dicha acción.
La resolución no solo condena a la empresa al pago de 6.000 euros en concepto de indemnización, sino que también establece que cualquier intromisión ilegítima en el derecho al honor genera un derecho automático a la compensación económica, incluso sin necesidad de probar daños concretos.
Y concede los 6.000 euros solicitados con una referencia directa al Supremo: «El Tribunal Supremo ha apuntado que una indemnización de 2.000 euros puede ser calificada como simbólica y debe rechazarse que la restitución de la intromisión ilegítima en el derecho fundamental sea meramente simbólica».
El tribunal valoró factores como el tiempo durante el cual el demandante estuvo registrado indebidamente y las múltiples consultas realizadas por terceros, que le impidieron acceder a financiación.
Este fallo refuerza la importancia de respetar los derechos fundamentales en el tratamiento de datos personales y sirve como advertencia a las empresas sobre las consecuencias de no cumplir con las normativas de protección de datos y derechos fundamentales. Energya VM podrá recurrir esta sentencia en apelación, aunque el fallo refleja un criterio cada vez más consolidado en la jurisprudencia española.
Energya VM Gestión de Energía S.L.U. es una empresa española que opera en el sector energético. Su actividad principal se centra en la comercialización de electricidad y gas natural, ofreciendo servicios a clientes residenciales, empresas y administraciones públicas. La compañía también suele incluir en su portafolio soluciones relacionadas con energías renovables y eficiencia energética, adaptándose a la transición energética y a la demanda creciente por fuentes de energía más sostenibles.
Además, Energya VM ha estado vinculada a la gestión de contratos de suministro energético y la prestación de servicios adicionales para optimizar el consumo energético de sus clientes
La sentencia no es firme. Puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial de Zaragoza.
Noticias Relacionadas: