El magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, en la charla en la Facultad de Derecho de la Universidad de Burgos en la que ha hecho estas declaraciones. Foto: EP.

El magistrado Llarena, «convencido» de que el recurso ante el TC de Junqueras, Bassa y Romeva tendrá «muy poco recorrido»

11 / 02 / 2025 20:18

Actualizado el 12 / 02 / 2025 08:08

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El magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo (TS) Pablo Llarena se ha mostrado hoy «convencido» de que tendrán «muy poco recorrido» los recursos de amparo presentados ante el Tribunal Constitucional (TC) por el exvicepresidente catalán Oriol Junqueras y los exconsejeros Raül Romeva y Dolors Bassa contra la decisión del TS de no aplicarles la ley de amnistía.

El magistrado, instructor del ‘procés’, ha asegurado que el Constitucional «ejerce su propia competencia» y ha precisado que «entra dentro de la normalidad» que hayan considerado que pueda tener un «interés constitucional y admitirlo a trámite».

Llarena ha realizado estas declaraciones momentos antes de participar este martes en una charla con motivo de la fiesta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Burgos, en la que se ha referido, en la disertación que ha ofrecido a profesores y alumnos, «a la Comisión de Venecia».

COMISIÓN DE VENECIA

A este respecto, ha apuntado que hay dos tipos de delitos que «ningún país debería amnistiar», basándose en la Comisión de Venecia, como los «graves crímenes internacionales» y los delitos que supongan «graves ataques a los derechos humanos».

En cualquier caso, Llarena ha explicado que las leyes de amnistía deben definir «en qué supuesto se ha de aplicar» y son leyes que van dirigidas necesariamente a «toda la sociedad», no a personas o colectivos particulares.

En opinión del magistrado, tampoco caben «las auto amnistías», si bien, en todo caso, han de «pacificar» la sociedad, razón por la que ha señalado que quienes dicen que caben en España las leyes de amnistía se basan en que la Constitución lo permite como fuente de concordia y estabilidad de la sociedad.

Además, la norma suprema prohíbe los indultos generales «y proviene del Ejecutivo la facultad que tiene de perdonar», eso sí, el Legislativo puede modificar normas para amnistiar.

Los argumentos en contra para que no haya leyes de amnistía son variados, pero la fundamental razón para Llarena en su exposición es que se diseñó «a medida, sin necesidad previa porque salen beneficiados los integrantes de la firma del pacto de Gobierno» y «responde a intereses particulares y no generales» y, como dice la Comisión de Venecia «no hay un amplio consenso».

«POLARIZACIÓN DE LA SOCIEDAD»

Por tanto, en opinión de Llarena, el debate está marcado por la «polarización de la sociedad» y ha recordado que existen «diferentes amnistías».

Al hilo, se ha referido a la Ley de Amnistía del 77, sobre las que el tribunal se pronuncia en 1983 y 1986 y da validez a la norma del 77, previa a la Constitución. Entiende que esa Ley es «constitucional porque afectaba a la paz social, pero la ley de Pedro Sánchez, no».

De hecho, ha remarcado que el Supremo entiende «que es inconstitucional» porque va contra del principio de igualdad y de no discriminación, y no existiendo «un interés real» para que el Constitucional lo entienda así, la ley se dirige a un colectivo determinado que no es el común.

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