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La política arancelaria de Trump y su impacto en el equilibrio económico de los contratos de obra pública
El incremento de aranceles en materiales de construcción puede alterar la estructura de costos de los contratos de obra pública. Foto cedida
11/2/2025 05:35
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Actualizado: 10/2/2025 22:12
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El regreso de Donald Trump a la carrera presidencial en Estados Unidos ha reavivado la posibilidad de un endurecimiento de su política comercial, incluyendo la imposición de nuevos aranceles a productos importados.
En el contexto de la contratación pública, especialmente en la ejecución de obras financiadas por el Estado, estos aranceles pueden tener un impacto significativo en el equilibrio económico de los contratos, generando un debate sobre la aplicación de la teoría del riesgo imprevisible y la posibilidad de considerar dichas medidas como un supuesto de factum principis, lo que justificaría el derecho al reequilibrio financiero.
El incremento de aranceles en materiales de construcción como el acero, el aluminio y otros insumos esenciales puede alterar drásticamente la estructura de costos de los contratos de obra pública.
Como señala la jurisprudencia del Tribunal Supremo español, en su sentencia del 7 de marzo de 1985, (asunto compañía de Aguas potables de Cádiz), referida al contrato de obras de ampliación del Puerto de Málaga, cuya realización se había visto encarecida considerablemente por haber sido gravada en los nuevos aranceles la cal hidráulica que debería emplear en la conducción.
El contratista reclamaba por ello la indemnización del perjuicio que le ocasionaba tal subida de aranceles.
Ya entonces, la resolución del Tribunal Supremo fue clara: se impone al contratista un gravamen injustificado que altera de manera tan importante el contrato contra todo principio de justicia pues no lo pudo prever al aceptar los precios de la contrata. Resultaría un lucro para los intereses generales del Estado, con perjuicio evidente de la sociedad contratista, de no atenderse sus pretensiones de reequilibrio.
«Según la doctrina del riesgo imprevisible y del factum principis, cuando eventos extraordinarios e imprevisibles alteran de forma sustancial la base económica de un contrato, la Administración pública debe asumir medidas correctivas para restablecer el equilibrio financiero».
A diferencia de lo que se ha sostenido en resoluciones posteriores, que consideran que las medidas de política económica general forman parte del riesgo inherente a la actividad empresarial, la naturaleza de los aranceles impuestos por una decisión gubernamental podría encajar en la doctrina del factum principis.
Esta figura jurídica permite justificar el reequilibrio contractual cuando una disposición normativa o política de la Administración altera sustancialmente el cumplimiento del contrato, situación que claramente podría aplicarse a la política arancelaria de Trump.
El principio de equilibrio económico es una característica fundamental de la contratación pública (y privada), diseñado para garantizar que la prestación de los servicios u obras no se vea afectada por circunstancias externas que hagan inviable la ejecución del contrato. Es cierto que el contrato se ejecuta a riesgo y ventura del contratista.
Pero éste no se convierte por el hecho de serlo en la aseguradora universal de la entidad pública frente a cualquier evento imprevisible y no controlable que impacte en la causa económica del contrato.
Según la doctrina del riesgo imprevisible y del factum principis, cuando eventos extraordinarios e imprevisibles alteran de forma sustancial la base económica de un contrato, la Administración pública debe asumir medidas correctivas para restablecer el equilibrio financiero.
En el derecho español, la aplicación de esta doctrina ha sido limitada y supeditada a la demostración de que el riesgo supera el «alea» normal del contrato. No obstante, la política arancelaria de Trump podría encajar en la categoría de factum principis, pues supone una decisión unilateral de un gobierno extranjero que impacta directamente en la estructura de costos de los contratos de obra pública en España, alterando las condiciones en que se formuló la licitación pública.
Aranceles como evento de «factum principis»: derecho al reequilibrio
Para determinar si un aumento de aranceles impuesto por un gobierno extranjero justifica el reequilibrio de un contrato de obra pública en España, es necesario analizar varios factores:
1.- Naturaleza del arancel como decisión gubernamental: A diferencia de fluctuaciones normales del mercado, un arancel es una medida política que escapa al control del contratista y debe considerarse un factor externo que altera las condiciones contractuales.
2.- Impacto sobre la ecuación financiera del contrato: Si el aumento arancelario genera un encarecimiento de materiales que haga inviable la ejecución del contrato en los términos pactados, podría considerarse un supuesto de factum principis, otorgando derecho a reequilibrio. Un sobre coste superior al 3.2 porcentual debe entenderse que existe un desequilibrio financiero.
3.- Diferenciación con el riesgo del mercado: Mientras que la Administración no está obligada a compensar a los contratistas por fluctuaciones de precios ordinarias, las medidas regulatorias que alteran la viabilidad de los contratos justifican la aplicación del principio de equilibrio económico.
4.- Jurisprudencia y precedentes normativos: La reacción del Gobierno español ante crisis previas, como la pandemia de COVID-19 y la escalada de precios de materiales en 2022, demuestra que el Ejecutivo ha intervenido excepcionalmente para permitir reequilibrios en circunstancias extraordinarias.
El debate sobre los aranceles de Trump y su impacto en la obra pública española pone en evidencia la necesidad de una regulación más flexible en materia de reequilibrio económico.
La actual Ley de Contratos del Sector Público no contempla de manera expresa el factum principis como causa de reequilibrio económico, lo que obliga a recurrir a la jurisprudencia para determinar en cada caso si la medida justifica una compensación.
Si la Administración mantiene una postura estricta basada en el principio de riesgo y ventura, las empresas podrían verse obligadas a asumir sobrecostes elevados o incluso a renunciar a contratos, afectando la ejecución de proyectos públicos esenciales.
Por ello, una reforma normativa (ahora que se lleva tanto los Reales Decretos Leyes) que incorpore de manera clara el derecho al reequilibrio por factum principis derivado de una política global arancelaria no propia del gobierno de la nación podría dotar de mayor seguridad jurídica al sector y garantizar una ejecución eficiente de la obra pública.
En definitiva, la imposición de aranceles por parte de un país extranjero no puede considerarse un evento ajeno a la vida del contrato.
Debe interpretarse como una decisión política que afecta directamente la ecuación financiera del contrato, por lo que los contratistas afectados deberían poder solicitar un reequilibrio económico amparado en la figura del factum principis.
La respuesta del legislador y la jurisprudencia determinarán si el ordenamiento jurídico español evoluciona hacia un modelo más justo y protector en contextos de volatilidad económica internacional.
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