No puedes denunciar a tu pareja por revelación de secretos si le das tu código del móvil, pero sí si te cambia la contraseña
Una reciente sentencia confirma que no hay revelación de secretos en el caso de que tu pareja tenga acceso consentido a tu móvil. Foto: EP

No puedes denunciar a tu pareja por revelación de secretos si le das tu código del móvil, pero sí si te cambia la contraseña

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11/2/2025 05:35
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Actualizado: 10/2/2025 22:18
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La contraseña de tu teléfono móvil puede acabar en los tribunales. Y es que el uso de una tercera persona de este código puede suponer un delito de revelación de secretos. Algo que cambia radicalmente de forma legal si esa tercera persona es tu pareja. Ello, siempre que no modifique este código para impedir el acceso al propietario del dispositivo móvil.

En un mundo digitalizado, el uso de una contraseña es cada vez más necesario y obligatorio en muchas plataformas. Entre ellas, tu propio teléfono móvil. Sin embargo, en el día a día, muchos son los que comparten su contraseña de los dispositivos, especialmente con sus parejas, para hacer más sencillo acceder a estos dispositivos en momentos cotidianos como hacer la compra, o estar conduciendo.

Una práctica habitual en la que, sin embargo, se pierde mucha privacidad. Algo que llevaba a un hombre a presentar una querella por vulneración de secretos a su expareja. Ello, por utilizar sus dispositivos, y tener acceso a su información personal, durante la relación.

«Mantuvieron una relación sentimental intermitente durante varios años. Durante la relación, compartieron domicilios y acceso a dispositivos electrónicos», explica el abogado Julio García Cantó, que ha llevado el caso junto a su compañero, José Luis González.

Sin embargo, al finalizar la relación, el hombre decidía querellarse contra su expareja, a la que acusó de acceder a su teléfono sin consentimiento, y extraer información privada, como facturas, o contenido de las redes sociales. Situación que llegaba ante la Audiencia Provincial de Zaragoza que, en su sentencia de 22 de enero de 2025, desestimaba las pretensiones del hombre. Ello, debido a que se consideró probado que la mujer accedió al teléfono «con claves proporcionadas por el querellante durante la relación».

Revelación de secretos si cambias la contraseña

Así pues, la Audiencia Provincial denegó que se hubiera producido una revelación de secretos. Ello, debido a que el consentimiento ante el uso de la contraseña no se revocó hasta la ruptura. Y, del mismo modo, no se pudo comprobar la difusión de datos a terceros.

Una situación que cambia radicalmente en el caso de que la contraseña del dispositivo móvil cambie. Algo que llegaba ante el Juzgado de lo Penal nº1 de Getafe, y posteriormente, ante la Audiencia Provincial de Madrid.

Caso en el que una mujer, en trámites de divorcio, sufrió que su aún pareja cogiera su teléfono sin autorización, leyera sus mensajes de WhatsApp, sus fotografías, o entrara en sus redes sociales.

Del mismo modo, el hombre llegó a quitarle el teléfono durante un viaje al extranjero. E, incluso, llegó a cambiar la contraseña del teléfono en diversas ocasiones, para que ella no pudiera utilizar libremente su dispositivo, obligándola a adquirir un segundo teléfono para su uso privado.

La mujer decidió denunciarle, siendo el juzgado el que le condenara a un año de prisión por un delito de revelación de secretos, así como a una cuota diaria de seis euros. En total, más de 2.000 euros.

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