«La justicia restaurativa no puede ser un atajo para reducir penas», afirma el magistrado del TS, Vicente Magro
Vicente Magro propone la creación de un turno de oficio especializado en mediación penal, con la vista puesta en delitos menores para facilitar acuerdos entre víctima e infractor. Foto: Confilegal.

«La justicia restaurativa no puede ser un atajo para reducir penas», afirma el magistrado del TS, Vicente Magro

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16/2/2025 00:45
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Actualizado: 16/2/2025 08:14
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El magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, Vicente Magro, cuyo apoyo a la justicia restaurativa está fuera de toda duda, advirtió, durante su reciente intervención telemática en el VI Simposio de Mediación, celebrado en Madrid, sobre la importancia de que se aplique correctamente para que no se convierta en un «mecanismo fraudulento para reducir penas».

A su juicio, esta modalidad de justicia –contenida en la Ley de Eficiencia– debe cumplir dos condiciones esenciales para que sea legítima y efectiva: «la petición de perdón, por parte del acusado, como un acto de reconocimiento del daño causado, y el resarcimiento total de la víctima mediante el pago de la indemnización correspondiente», explicó en el evento organizado por la Asociación Española de Mediación, ASEMED.

Magro subrayó, durante su ponencia titulada «La Justicia Restaurativa en la Ley Orgánica 1/2025 de 2 de enero», que la mediación penal tiene esos dos objetivos prioritarios y no puede convertirse en simple atajo para obtener reducciones de condena.

El perdón es una parte fundamental de la mediación penal. Muchas víctimas se sentirían más reconfortadas si el acusado les pidiera perdón que si simplemente recibieran una compensación económica”, afirmó el magistrado.

La importancia del reconocimiento del delito y el perdón, según Magro

Durante su intervención, el magistrado del Supremo, que recordó que los casos civiles y penales suman los 6 millones anuales, lamentó que en muchos procesos penales los acusados se niegan a reconocer los hechos o a pedir perdón, incluso cuando las pruebas en su contra son contundentes.

Para Magro, esto es un problema grave, ya que el arrepentimiento y la asunción de responsabilidad son claves en el proceso de justicia restaurativa.

Mencionó como ejemplo el caso de los delitos cometidos por la banda terrorista ETA, donde muchas víctimas del terrorismo aún esperan el reconocimiento del daño sufrido y una petición de perdón por parte de los responsables de estos crímenes.

“Mil víctimas y la espera de mil perdones. Esta es una cuestión grave que sigue pendiente en España”, subrayó Magro.

“No podemos convertir la mediación en un engaño. No se puede pagar solo el 30% de la indemnización y luego fraccionar el resto indefinidamente hasta no cumplirlo. Esto es un fraude a la víctima”, advirtió el magistrado Magro.

El riesgo de fraude en la mediación penal

Uno de los aspectos que más preocupa al magistrado es la posibilidad de que la mediación penal se utilice de manera fraudulenta. Recordó que algunos condenados podrían acogerse a este sistema para pagar solo una parte de la indemnización y luego declararse insolventes, dejando a las víctimas sin la compensación completa.

“No podemos convertir la mediación en un engaño. No se puede pagar solo el 30% de la indemnización y luego fraccionar el resto indefinidamente hasta no cumplirlo. Esto es un fraude a la víctima”, advirtió.

Para evitar este tipo de abusos, sugirió que el fraccionamiento del pago no supere el 20-25 % del total, garantizando así que el resarcimiento económico se cumpla de manera efectiva y no se convierta en una estrategia para burlar la justicia.

La sentencia 84/2025 del Tribunal Supremo, punto de inflexión para la mediación penal

El magistrado Magro, por otra parte, recordó la sentencia 84/2025 de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, de la que fue ponente, en la que se establecieron criterios esenciales sobre la mediación penal y su aplicación en el marco del Estatuto de la Víctima del Delito.

Esta sentencia cobra especial relevancia porque fue dictada apenas un mes después de la publicación en el BOE de la Ley 1/2025. En la misma se contemplan nueve puntos de mejora en la regulación de la mediación penal, aunque se señala la conveniencia de una ley procedimental que detalle los pasos específicos a seguir.

Además, reitera que la mediación no debe utilizarse exclusivamente para obtener reducciones de pena, sino que su objetivo principal es la reparación del daño causado a la víctima y se destaca el papel fundamental de los abogados y mediadores en este proceso, considerándolos piezas clave para su correcto funcionamiento.

El magistrado del Tribunal Supremo propuso la creación de un turno de oficio especializado en mediación penal, con el objetivo de integrar este mecanismo en el sistema de justicia gratuita.

El fallo refuerza la posibilidad de archivo del procedimiento en delitos leves con resultado patrimonial cuando se produce una reparación económica, lo que representa una novedad importante en la práctica judicial, siempre que se cumplan los principios de la mediación y se garantice la satisfacción de la víctima.

Magro destacó que esta sentencia marca un antes y un después en la forma en que la justicia penal aborda la mediación, aportando criterios para su correcta implementación y evitando que se convierta en una herramienta para la manipulación del sistema judicial.

“La clave está en confiar en la mediación penal, en los mediadores y en los letrados que intervienen en este proceso, para que realmente suponga una mejora en la calidad de la justicia”, subrayó.

Vicente Magro fue presentado a los asistentes por su compañero de la Sala de lo Penal del Supremo, Julián Sánchez Melgar. Foto: Confilegal.

Turno de oficio especializado en mediación penal

Por otra parte, el magistrado del Tribunal Supremo propuso la creación de un turno de oficio especializado en mediación penal, con el objetivo de integrar este mecanismo en el sistema de justicia gratuita.

Su iniciativa planteó que los abogados del turno de oficio reciban formación específica en mediación penal, permitiéndoles intervenir en delitos menores y facilitar acuerdos entre víctima e infractor.

Magro destacó que esta medida ayudaría a descongestionar los juzgados, evitar litigios innecesarios y promover la justicia restaurativa.

Además, propuso que los honorarios de los letrados mediadores sean equiparables a los de otras intervenciones en el turno de oficio, garantizando así su viabilidad.

Para ello, insistió en la necesidad de establecer protocolos claros y una regulación específica que impulse esta práctica.

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