El magistrado De Jorge mantiene en prisión al exjefe de Sección de la UDEF por narcotráfico, blanqueo y cohecho
De acuerdo con el magistrado Francisco de Jorge Mesas existen indicios "potentísimos" de la participación del policía Óscar Sánchez Gil en los hechos investigados, por esa razón no le concede la libertad. Foto: EP.

El magistrado De Jorge mantiene en prisión al exjefe de Sección de la UDEF por narcotráfico, blanqueo y cohecho

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12/4/2025 19:26
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Actualizado: 12/4/2025 19:26
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El magistrado Francisco de Jorge Mesas, titular del Juzgado Central de Instrucción 1 de la Audiencia Nacional, ha ratificado la prisión provisional, comunicada y sin fianza, para Óscar Sánchez Gil, exjefe de Sección de Delitos Económicos y Blanqueo de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) en la Jefatura Superior de Policía Nacional, de Madrid.

El agente está siendo investigado por tráfico de drogas en cantidad de notoria importancia, cometido además por funcionario público, pertenencia a organización criminal, cohecho y blanqueo de capitales.

La decisión llega tras la comparecencia prevista en el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, solicitada por la defensa, que pedía su puesta en libertad.

La Fiscalía Antidroga se opuso.

En su auto, el magistrado sostiene que existen indicios “potentísimos” de la participación de Sánchez Gil en los hechos. Cita, entre ellos, conversaciones en las que el acusado daba órdenes tras el hallazgo de un alijo de cocaína en el puerto de Algeciras, y otras en las que dirigía a su cuñada —testaferro, según el magistrado— en operaciones de blanqueo mediante un entramado societario.

Uno de los elementos clave: más de 20 millones de euros en efectivo escondidos en techos y paredes de viviendas y oficinas.

Estas cantidades, señala De Jorge, coinciden “milimétricamente” con las anotaciones encontradas en su móvil, en el que el acusado registraba los kilos de droga introducidos y las ganancias que le correspondían.

«Los resultados de los registros ejecutados avalan los indicios recopilados hasta el momento, tanto en lo relacionado con la capacidad económica de la Organización Criminal derivada del tráfico de cocaína a gran escala, como en relación a los cuantiosos pagos recibidos por el funcionario policial a cambio de los servicios prestados, lo que se confirma con el hallazgo de cantidades extraordinariamente altas de dinero en efectivo, que constituyen prueba de la actividad delictiva y de los pagos recibidos», dice el auto del magistrado.

Además, el juez destaca la “pericia y minuciosidad” con la que Sánchez Gil diseñó su operativo: desde blindar jurídicamente a sus colaboradores hasta abortar envíos de droga si existía riesgo de ser descubiertos.

Todo, documentado en los informes policiales y las actuaciones judiciales.

Acceso a la causa y comparación con otro investigado

La defensa alegó indefensión, asegurando no haber accedido a los “elementos esenciales” de la causa. También invocó agravio comparativo respecto a Ignacio Torán, otro investigado que fue puesto en libertad.

De Jorge desmonta ambos argumentos. En primer lugar, recuerda que el secreto de las actuaciones ya se había levantado parcialmente cuando la defensa pidió acceso a la causa, sin concretar qué documentación consideraba esencial.

Añade que el acusado recibió en sede policial y judicial un resumen por escrito de los delitos imputados, y que tanto el Ministerio Fiscal como el propio auto de prisión detallaron los indicios y fundamentos de la acusación.

En segundo lugar, el juez descarta que exista desigualdad de trato con respecto a Torán. Subraya que la excarcelación de este último fue ordenada por la Sala porque no se le permitió examinar pruebas esenciales en el momento oportuno, a pesar de haberlo solicitado.

Nada de eso ocurrió con Sánchez Gil.

“El 17 de marzo de 2025 su defensa pidió por primera vez acceso a esos elementos. Para entonces, una parte sustancial de la causa ya era accesible desde el 25 de febrero. Se fijó entonces una nueva comparecencia para el 11 de abril, dando tiempo suficiente para revisar el material. Y en dicha vista quedó acreditado que la defensa conocía con detalle el procedimiento”, resume el auto.

Por último, el juez señala que, tras levantarse también el secreto sobre las intervenciones telefónicas, se ha ofrecido a la defensa la posibilidad de presentar un escrito complementario con nuevos argumentos.

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