Opinión | La importancia de que el defendido se siente junto a su abogado en el juicio

La cercanía del defendido a su abogado en estrados también en lo civil fortalecería la defensa y haría la justicia más humana y participativa, según la abogada Paloma Abad Tejerina, presidenta de la Asociación Madrileña de Abogacía de Familia e Infancia. Foto: Confilegal.

18 / 04 / 2025 00:45

Actualizado el 23 / 02 / 2026 11:33

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Recientemente, tras leer una sentencia del Tribunal Supremo (STS 167/2021 de 24 de febrero) donde se destaca la importancia de que el acusado se siente junto a su abogado en el estrado, no puedo evitar reflexionar sobre lo beneficioso que sería extender esta práctica también a los procedimientos civiles.

La posibilidad de que el defendido esté presente y accesible en todo momento no solo proporciona una mayor transparencia, sino que garantiza una defensa más efectiva y adaptada a las circunstancias cambiantes de un juicio, al menos en derecho de familia.

En el ámbito penal, el Tribunal Supremo reconoce el derecho del acusado a solicitar esta medida y, aunque no se considera una causa automática de nulidad en caso de ser denegada (STS 779/2023 de 18 de octubre), se subraya el valor de facilitar la comunicación inmediata y directa entre abogado y defendido.

Esta comunicación puede ser crucial para evaluar el impacto de un testigo inesperado, aclarar detalles sobre pruebas imprevistas o incluso analizar las implicaciones de un acuerdo propuesto por el propio juez.

Sin embargo, nunca lo he visto, ni peticionado en la práctica civil sigue lo que, pienso ahora,  puede generar una posible indefensión encubierta.

En mi experiencia profesional, desde 1980 ejerciendo la abogacía, nunca he visto a un defendido sentado en estrados en un procedimiento civil.

Ni siquiera se ha planteado esta posibilidad, lo cual, tras conocer esta sentencia, me ha parecido una idea tan interesante como innovadora. Es necesario romper moldes en nuestra justicia para acercarla al ciudadano, para que sea verdaderamente participativa y permita una defensa real y efectiva.

Los procedimientos de familia, y civiles en general, a menudo percibidos como menos adversariales que los penales, no están exentos de situaciones, en ocasiones muy  complejas donde una respuesta rápida y bien informada puede marcar la diferencia.

«Debería establecerse de manera generalizada el derecho del defendido a sentarse junto a su abogado en todos los procedimientos, no solo en los penales».

Un defendido que se sienta junto a su abogado tiene la oportunidad de reaccionar en tiempo real, proporcionar datos relevantes y, lo más importante, comprender a cabalidad las implicaciones de cada movimiento procesal.

En casos de familia, asuntos patrimoniales o disputas contractuales, la celeridad en la comunicación puede evitar malentendidos, acuerdos desfavorables o incluso decisiones judiciales precipitadas.

Por otro lado, permitir esta cercanía en el estrado no solo fortalece el derecho de defensa, sino que también fomenta la percepción de justicia. Los ciudadanos necesitan ver que se les escucha, que se les permite participar activamente en su propio proceso y que la justicia no es un mecanismo frío y distante.

No se trata solo de una cuestión técnica, sino de una apuesta por una justicia más humana, accesible y transparente.

La propuesta, entonces, es clara: debería establecerse de manera generalizada el derecho del defendido a sentarse junto a su abogado en todos los procedimientos, no solo en los penales. Además, esta posibilidad no debería depender exclusivamente del criterio del tribunal, sino contemplarse como una garantía procesal más. Esto, sin duda, contribuiría a reducir el riesgo de indefensión y reforzaría la confianza de los ciudadanos en el sistema judicial.

Por lo que adaptar esta medida al ámbito civil, comprendase que no requiere de grandes reformas legislativas, sino de un cambio de perspectiva que valore el papel activo del defendido en su propio proceso.

Es momento de que nuestro sistema judicial dé un paso más hacia una justicia más participativa y verdaderamente garantista.

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