cañas baja médica
Irse de cervezas durante una baja médica por un problema hepático ha provocado el despido procedente de la trabajadora. Foto: Confilegal

Le dan la baja médica porque tiene mal el hígado, y la pillan haciendo una ruta de ‘cañas’ de 7 km

30 / 04 / 2025 09:00

Actualizado el 30 / 04 / 2025 09:39

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha confirmado el despido procedente de la trabajadora que aprovechó una baja médica para «irse de cañas». Y es que, a pesar de las recomendaciones médicas, la mujer no dudó en disfrutar de su baja yendo de compras y bares.

Modesta (nombre ficticio) trabajaba para Gruposan Gestión S.L. como vendedora en tiendas y almacenes desde 2018, pasando a ser indefinida en 2021.

Un trabajo en el que la mujer realizaba entrevistas al personal a contratar, impartía formación, controlaba el stock en tiendas, organizaba horarios, etc. Ello, hasta abril de 2023, momento en el que cursó una situación de incapacidad temporal, que fue prorrogada después del año.

«Fue intervenida de varices, recomendándose paseos cortos y frecuentes», explica ahora la sentencia del TSJM. Una situación en la que poco después se le presentaban venas varicosas asintomáticas. Y meses después, se mantenía la situación dolorosa, añadiéndose nueva medicación para Modesta.

Del mismo modo, se recomendaba a la actora que «en vista de la aparente patología hepática, mantener reposo relativa y dieta de protección hepática». Unas recomendaciones que, aparentemente, no fueron adoptadas por la trabajadora durante su baja médica.

Algo que demostraba el detective contratado por la compañía. Y es que, durante varios días de su baja, la trabajadora fue «pillada» tomando cerveza con alcohol, incompatible con su dolencia de hígado, o recorriendo más de 7 kilómetros.

«A las 11:29 se se sentaron en una terraza, donde tomó una cerveza con alcohol», exponía el detective, con respecto al 17 de noviembre de 2023. «A las 13:09, junto con una señora mayor, acudió a un bar, donde tomó dos botellines de cerveza con alcohol. Después, a las 13:33 acudieron a otro bar, y tomó 3 botellines. El recorrido sería de 7,5 kilómetros».

‘Cañas’ incompatibles con la baja médica

Una situación ante la que la empresa despedía a la trabajadora a finales de 2023. Una finalización de contrato, de forma procedente, que la compañía justificaba debido a que la trabajadora realizó actividades incompatibles con su baja médica.

Algo que Modesta llevaba ante los tribunales. En concreto, ante el Juzgado de lo Social nº3 de Móstoles que, en su sentencia 290/2024, desestimaba la demanda de la trabajadora. Y con ello, confirmaba el despido procedente contra ella.

Una decisión que provocaba el recurso de suplicación de la mujer ante el TSJM. En concreto, ante la Sala de lo Social compuesta por los magistrados Ana María Orellana Cano (ponente), María Begoña García Álvarez y Alicia Catalá Pellón.

«Se invoca que la conducta de la trabajadora no es grave, por lo que no es causa de despido» alegaba la defensa de la mujer. Un único motivo de suplicación que, sin embargo, no aceptaba el tribunal. «Consta acreditado que la actora, durante el proceso de incapacidad temporal, realizó actividades que retrasaban la curación y no eran acordes a la situación de baja médica», destaca.

Algo ante lo que el tribunal desestima el recurso de suplicación. Y con ello, vuelve a confirmar el despido procedente.

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