Opinión | Cómo la Justicia estadounidense ha frenado la guerra comercial de Trump con un martillazo demoledor

Jorge Carrera, abogado, exmagistrado, exjuez de enlace de España en Estados Unidos y consultor internacional, cuenta las razones jurídicas y legales por las que la Corte Internacional de Comercio le ha propinado este revés a la polìtica de aranceles del presidente Donald Trump.

29 / 05 / 2025 11:09

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El telón de acero de la guerra comercial de la administración Trump ha recibido un martillazo demoledor.

En un giro que pocos anticiparon, la Corte de Comercio Internacional de EE.UU. (CIT) ha alzado la voz, dictaminando que el presidente excedió su autoridad al imponer aranceles masivos bajo el pretexto de «emergencias nacionales».

Esta no es una simple disputa legal; es un terremoto judicial que reafirma el delicado equilibrio de poderes en la política comercial estadounidense y redefine el panorama de la diplomacia económica global.

El guardián silencioso del comercio justo

Antes de sumergirnos en la trascendencia de este fallo, es crucial entender quién es el actor principal de esta saga. La Corte de Comercio Internacional de EE.UU. (CIT) no es un nombre que resuene en los titulares diarios como la Corte Suprema, pero su influencia en el ámbito comercial es profunda. Establecida bajo el Artículo III de la Constitución de EE.UU., la CIT es un tribunal federal especializado.

Sus jueces, nombrados de por vida por el Presidente con el consentimiento del Senado, garantizan una independencia judicial fundamental para emitir fallos imparciales, incluso cuando estos desafían directamente al ejecutivo.

Con sede en Nueva York y compuesta por catorce jueces, con un requisito de equilibrio bipartidista, la misión de la CIT es resolver disputas interpretando y aplicando de manera «independiente, consistente, justa e imparcial» las leyes aduaneras y de comercio internacional.

Su «jurisdicción a nivel nacional sobre acciones civiles que surgen de las leyes aduaneras y de comercio internacional de los Estados Unidos» la convierte en el árbitro supremo en esta arena.

En pocas palabras, la CIT es la guardiana de que las reglas del juego comercial se sigan al pie de la letra, sin importar cuán poderosas sean las manos que intenten doblarlas.

La IEEPA no es un cheque en blanco: Por qué la Corte dijo «NO»

El corazón de la decisión de la CIT es contundente: el presidente Trump «excedió su autoridad» bajo la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA) de 1977.

El tribunal no se anduvo con rodeos, afirmando explícitamente que la IEEPA «no autoriza el uso de aranceles» y, lo que es aún más crucial, no otorga al presidente una «autoridad ilimitada» para imponerlos. Este fallo invalida «con efecto inmediato» todas las órdenes de aranceles de Trump desde enero basadas en la IEEPA. Esto incluía gravámenes tan variados como el 30% sobre productos chinos, el 25% sobre importaciones de México y Canadá, y un arancel universal del 10% sobre bienes globales.

La Administración Trump había justificado estos aranceles declarando los déficits comerciales de larga data de EE.UU. como una «emergencia nacional».

La Corte, con una lógica aplastante, refutó esta premisa: Estados Unidos ha acumulado déficits comerciales durante «49 años consecutivos», lo que «difícilmente constituye una emergencia repentina». Además, el tribunal encontró que los aranceles «no hicieron nada para abordar los problemas que se suponía que debían resolver».

«El tribunal no se anduvo con rodeos, afirmando explícitamente que la IEEPA ‘no autoriza el uso de aranceles’ y, lo que es aún más crucial, no otorga al presidente una ‘autoridad ilimitada’ para imponerlos».

En otro frente, los aranceles impuestos a Canadá, México y China, citando el flujo ilegal de inmigrantes y fentanilo como emergencia nacional, también cayeron bajo el martillo de la CIT.

El tribunal dictaminó que estos aranceles no cumplían con el requisito legal de «abordar» la amenaza. En cambio, estaban «destinados a crear ‘apalancamiento'» para que esos países tomaran medidas enérgicas contra el tráfico de drogas, una distinción legalmente significativa que la corte no pasó por alto.

La decisión es un recordatorio inequívoco: la Constitución de EE.UU. «otorga al Congreso el poder de establecer impuestos, incluidos los aranceles».

La Corte subrayó que el Congreso posee «autoridad exclusiva para regular el comercio con otros países que no es anulada por los poderes de emergencia del presidente».

En resumen, las decisiones comerciales «no pueden tomarse por capricho del presidente».

Más allá de los aranceles: el futuro del comercio global

Esta decisión no es solo un revés para la Administración Trump; es una victoria monumental para el estado de derecho y la predictibilidad en el comercio global.

Al limitar «significativamente la capacidad del presidente para imponer unilateralmente aranceles amplios bajo poderes de emergencia», la CIT envía un mensaje claro: el poder ejecutivo tiene límites, y esos límites serán defendidos por el poder judicial.

La reacción positiva de los mercados financieros a la noticia subraya la urgencia de esta claridad.

La «turbulencia» y la incertidumbre generadas por los aranceles unilaterales habían inquietado a inversores y socios comerciales por igual. Empresas como V.O.S. Selections, pequeños importadores cuyas operaciones se vieron amenazadas, encontrarán un alivio significativo.

Si el fallo se mantiene, aquellos que pagaron estos aranceles «recibirán reembolsos por los montos pagados, con intereses», un bálsamo para la incertidumbre económica.

Por supuesto, la batalla legal no ha terminado. La Casa Blanca «apeló inmediatamente» el fallo, y el caso «probablemente se dirigirá a la Corte Suprema para una decisión final».

La incertidumbre persiste, pero el precedente ya está sentado. Este fallo es un desafío directo a la tendencia histórica de los presidentes de acumular gradualmente más autoridad arancelaria, un recordatorio contundente de la tensión constitucional entre las ramas ejecutiva y legislativa.

En un mundo cada vez más interconectado, la previsibilidad es la moneda de cambio. La decisión de la CIT no solo defiende los principios constitucionales, sino que también contribuye a un sistema de comercio internacional más estable y basado en normas.

Es una reafirmación crucial de que, incluso en los pasillos del poder, la ley prevalece sobre el capricho. Y eso, en el ajedrez del comercio global, es una jugada maestra.

Toda una victoria del Estado de Derecho, por ahora.

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