4.000€ de indemnización a un agente de Policía Nacional que fue agredido por un joven que conducía un BMW sin carnet
Los dos jóvenes que agredieron a los agentes de Policía Nacional han sido condenados a prisión y abono de indemnización. Foto: EP

4.000€ de indemnización a un agente de Policía Nacional que fue agredido por un joven que conducía un BMW sin carnet

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03/7/2025 05:38
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Actualizado: 02/7/2025 21:38
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El Juzgado de lo Penal nº18 de Madrid ha condenado a más de dos años de prisión, y más de 4.000 euros de indemnizaciones, al joven que agredió a varios agentes de la Policía Nacional cuando conducía sin carnet por la M-11 madrileña. Una sentencia firme en la que también se condena, por atentado a agente de la autoridad, al que le acompañaba en el vehículo en el momento de los hechos.

Era el 26 de noviembre de 2020 cuando, sobre la 1:30 de la mañana, E.A. conducía un BMW X1 por la carretera M-11 madrileña. Ello, a pesar de carecer de permiso de conducir. Junto a él, se encontraba su amigo, M.L., así como un tercero que no fue identificado.

En aquel momento, los jóvenes se encontraron con presencia policial. Algo ante lo que E.A., «consciente que carecía de permiso que le habilitara para conducir, inició una huida por diferentes vías». Ello, llegando a colisionar hasta en dos ocasiones con los coches de la Policía Nacional allí presentes.

M.L., al ser retenido por los agentes, comenzó a «arremeter violentamente contra ellos». Por su parte, el conductor, E.A., «se resistió a abandonar el vehículo pese a las órdenes policiales, teniendo que ser sacado por la fuerza».

Algo ante lo que reaccionaba «propinando patadas, golpes y arañazos» a los agentes, que resultaban con lesiones debido a este encuentro con los jóvenes.

Prisión y pago de indemnizaciones a favor de los agentes de la Policía

Dos jóvenes que acababan, acusados de varios delitos, ante el Juzgado de lo Penal nº18 de Madrid, bajo la magistratura de María Dolores Palmero Suárez. Ello, contando E.A. con una condena a cuatro meses de prisión, por un delito de atentado, con pena suspendida por tiempo de dos años a contar desde septiembre de 2018.

Por su parte, M.L., consignaba antes del juicio la cantidad de 1.150 euros en concepto de responsabilidad civil. Algo que, sin embargo, no evitaba que, en sentencia 183/2025, el juzgado condenara a ambos jóvenes a prisión. También a abonar indemnizaciones a los agentes de Policía lesionados.

Así pues, a E.A., se le encontraba responsable de un delito contra la seguridad vial, en su modalidad de conducción temeraria. Algo por lo que se le condenaba a seis meses de prisión. Del mismo modo, un delito contra la seguridad del tráfico, que implicaba doce meses de multa, a cuatro euros diarios.

Por un delito de atentado a agente de la autoridad, se le condenaba a 21 meses y un día de prisión. Y, por tres delitos leves de lesiones, a u mes de multa, con cuota diaria de 4 euros. Como responsabilidad civil, al abono de 4.000 euros a uno de los agentes, representado por Manuel Chamorro Pavón, abogado de Coraza Legal. Y 200 euros, 200 euros y 350 euros, al resto de agentes de la Policía Nacional, por las lesiones sufridas.

 Manuel Chamorro Pavón, abogado de Coraza Legal
Manuel Chamorro Pavón, abogado de Coraza Legal. Foto cedida

En el caso de M.L., el juzgado le impone seis meses de prisión por un delito de atentado contra agente de la autoridad. Y, por cada delito leve, acumulando cuatro, una multa de un mes, a razón de cuatro euros diarios. También al abono total de 1.150 a los agentes heridos.

Todo ello, en sentencia firme. Algo que muestra que agredir a la policía cuando te «pillan» conduciendo sin carnet no sólo supone una sanción económica, sino también pena de prisión.

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