El recurso de Rosa Peral se fundamentaba en una declaración reciente de Albert López, también condenado por los mismos hechos. Foto: EP

Crimen de la Guardia Urbana: el Supremo niega a Rosa Peral la autorización para la revisión de su caso

17 / 07 / 2025 16:40

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La Sala Segunda del Tribunal Supremo (TS) ha dictado este jueves un auto que deniega la autorización para interponer recurso de revisión a la expolicía Rosa Peral, condenada a 25 años de prisión por el asesinato de Pedro R., en el caso conocido como el ‘crimen de la Guardia Urbana’,.

El recurso de Peral se fundamentaba en una declaración reciente de Albert López, también condenado por los mismos hechos, en la que reconocía ante la Administración penitenciaria su responsabilidad como autor del asesinato, algo que la defensa consideró como un hecho nuevo en los términos previstos en el artículo 954 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para poder plantear un recurso de revisión.

No obstante, la Sala del alto tribunal se alinea con el informe del Ministerio fiscal al considerar que la nueva declaración de López no añade nada a los hechos que la sentencia consideró probados.

«El reconocimiento por Albert López de su participación en el asesinato de Pedro, justificado años después de su ejecución por la necesidad de demostrar su reencuentro con el ordenamiento jurídico violentado por su acción, no afecta en absoluto a Rosa Peral», indica el auto.

Rosa Peral «intervino»

Por ello, indica que el testimonio de quien fue declarado coautor del asesinato no exculpa a Peral: «Mantiene, como hizo durante todo el proceso, que ella intervino en todas las fases de ejecución delictiva», afirman los magistrados.

Así, el tribunal rechaza la falta de concreción de la autoría de los hechos que alega la defensa de Peral y destaca que el hecho probado «refleja con claridad la participación conjunta de ambos».

En cuanto al contexto en el que Albert López efectuó su declaración, indica que tras un dilatado periodo en prisión y ahora en segundo grado de clasificación, «procede ante la Administración penitenciaria, en fase de ejecución de la pena de prisión, a reconocer los hechos al objeto de expresar la asunción de responsabilidad en la comisión delictiva, como requisito importante para poder comenzar a obtener beneficios penitenciarios».

En definitiva, la Sala concluye que no existe un hecho nuevo para autorizar la presentación de un recurso de revisión: «Lo declarado por Albert López no encierra un nuevo hecho o elemento de prueba que, de haber sido conocido, habría determinado la absolución de María Rosa o, en su caso, una condena menos grave».

«El reconocimiento por Albert López de su participación en el asesinato de Pedro, justificado años después de su ejecución por la necesidad de demostrar su reencuentro con el ordenamiento jurídico violentado por su acción, no afecta en absoluto a Rosa Peral», señala.

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