El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº5 de Granada ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) por diagnosticar de forma tardía la afección de una paciente anciana que, ante la falta de tratamiento adecuado, fallecía por un cuadro diarreico, ante el que los facultativos médicos le recetaron Fortasec.
Águeda (nombre ficticio) de 81 años de edad y con antecedentes médicos graves, acudía en enero al servicio de Urgencias del Hospital San Cecilio de Granada. Ello, debido a que sufría un fuerte cuadro diarreico.
Hospital en el que poco después, tras una radiografía abdominal y analítica, pero sin análisis de heces, daban el alta a la anciana. Ello, con prescripción de Fortasec para cortar la diarrea.
Una situación que no mejoraba en los días posteriores. Y ante la que, por cita telefónica, su centro de salud le aumentaba la dosis del medicamento. Algo que hacía que, apenas cuatro días después de que acudiera a urgencias, Águeda quedara ingresada en las camas de la UCI del hospital.
«Finalmente, la infección acabó siendo tan grave, que terminó en fracaso multiorgánico tras shock séptico causado por Clostridium difficile», destaca ahora la sentencia del juzgado.
Algo ante lo que la hija de la fallecida no dudaba en acudir ante los tribunales, representada por el abogado Damián Vázquez, de la asociación El Defensor del Paciente.
Ello, alegando que el fallecimiento de la mujer se había producido por «una defectuosa asistencia sanitaria», así como la dispensación «de un inadecuado tratamiento».
El SAS, condenado a indemnizar a la hija de la fallecida
«No es justificable la dejadez», sostenía la defensa de la hija de la paciente en su demanda. «Tampoco se entiende el motivo por el que, ante una paciente próxima al objetivo del tratmaiento del shock séptico, se decidiera retirar la perfusión de noradrenalina, significando elllo la eliminación de cualquier posibilidad de superviviencia».
Una situación ante la que el juzgado, bajo la magistratura de Laura Martínez Diz, escuchaba las pretensiones de la hija de la fallecida. Y así, reconocía que existió un retraso en el diagnóstico, así como en la aplicación de un tratamiento adecuado.
Algo que, para el juzgado, «supuso una pérdida de oportunidad real para la paciente». Un retraso en el diagnóstico que reconoce el propio SAS, y que lleva a la magistrada a condenar al Servicio Andaluz de Salud a indemnizar con 33.629,49 euros a la hija de la fallecida. Sin costas.
«Es un paso importante en la defensa de los derechos de los pacientes y sus familias», asegura la presidenta del Defensor del Paciente, Carmen Flores.
Un fallo que, además, «pone en evidencia la necesidad de mejorar los protocolos y la coordinación en los servicios sanitarios públicos para evitar daños irreparables o demoras asistenciales que pueden derivar en el fallecimiento de los pacientes por negligencia médica».