Recuerdo al primer juez de instrucción que visité en su despacho. Ese juez apenas irguió la cabeza cuando le di los buenos días y le expliqué el motivo de mi visita: él siguió ensimismado en su lectura de un tomo de Aranzadi sin ofrecerme ni siquiera sentarme.
Tampoco se levantó el magistrado de su sillón ni se acercó a la puerta cuando el funcionario la abrió haciéndome pasar. Mucho menos extendió su mano para estrechar la mía.
No sé siquiera si se enteró de lo que yo le decía y no porque padeciese de sordera. Absorto en su estudio pareció no importarle demasiado el estancamiento del procedimiento por el que mi cliente y su familia sufrían esas dilaciones indebidas. Quiero recordar su única frase:
– ¡El procedimiento está siguiendo sus pasos!
Esperaba alguna palabra más, por eso continué de pie asiendo mi maletín de piel negra con mi mano derecha, pero el juez permanecía incólume en su asiento y seguía fijando su vista en el grueso ejemplar de jurisprudencia.
Comprendí entonces que sólo me quedaba añadir:
– ¡Muchas gracias, Señoría!
Sin que tampoco esa muestra de agradecimiento por mi parte sirviese para que el magistrado se despidiese de mi al observar que ya me marchaba y le permitía de nuevo disfrutar de su soledad en su sancta santorum.
Ha venido a mi memoria esta escena porque recientemente precisé hablar con una jueza sobre un caso que me habían encomendado el día anterior y debido a la situación personal de mi defendido era mi deber hablar con Su Señoría cuanto antes.
No obstante, a pesar de que intuía que la magistrada no iba a concederme mucho tiempo para exponerle mi parecer, la funcionaria que fue a comunicarle mi visita me reveló que la jueza me recibiría el lunes siguiente.
Seguramente porque era ya la una de la tarde de un viernes.
Ese mismo día y para el mismo caso, visité junto a una compañera del bufete la sede de la Fiscalía y allí sí nos encontramos de frente con dos representantes del ministerio público que no tuvieron más remedio que recibirnos pues al obtener la callada por respuesta tras dar unos golpecitos en la gruesa puerta, abrimos sigilosamente ésta “colándonos” en las dependencias del ministerio fiscal.
Solo bastaron un par de minutos para despacharnos pues había otros asuntos “más importantes” que resolver y ya cuando les llegase nuestro escrito podríamos disertar con menos premura.
Tampoco nos ofreció la señora fiscal asiento ¿Para qué, ante una visita tan fugaz?
FIN DEL PERIPLO EN VIERNES
Así terminamos ese viernes uno de agosto ese periplo por la jurisdicción penal con la esperanza de ser mejor recibidos el lunes por Su Señoría.
Sin embargo, un par de minutos bastaron esa mañana para decirnos la jueza lo que nos podría haber manifestado el viernes anterior:
– ¡Presenten su escrito de libertad y le daremos el trámite oportuno!
Al menos esta vez permaneció la magistrada también de pie tras su mesa mientras que nosotros los abogados exponíamos el motivo de nuestra comparecencia.
Acto seguido, pretendimos consultar el expediente judicial.
Estando privado nuestro defendido de libertad, no esperábamos que la funcionaria encargada de las diligencia previas nos derivara a la tramitadora judicial.
Así las cosas, hablamos con ésta y nos dijo que ella no nos iba a entregar las diligencias pues aún no nos tenían por personados: sic.
– ¡Disculpe, nuestro cliente está en prisión y presentamos el viernes nuestro escrito de personación con la designación y la venia!
– Sí, pero aún no hemos proveído su escrito porque la LAJ ha dictado una diligencia requiriendo al centro penitenciario para que el interno ratifique su designación.
– ¿De verdad van ustedes a impedirnos acceder al expediente y van a demorar tenernos por personados por ese trámite? ¿No es suficiente que un abogado colegiado presente el escrito de designación firmado por el investigado? Y más en agosto cuando es casi imposible que un notario acuda a prisión para que nuestro defendido otorgue un poder general para pleitos.
– ¡No creo que se demore mucho!
Ese mismo lunes presentamos el escrito de libertad provisional con todos nuestro argumentos y esperamos la máxima celeridad por parte del juzgado sin que el absurdo trámite aludido demore una causa con preso.
Al salir por segundo día del edificio de los juzgados con la joven abogada que asume la defensa conmigo en esta encomienda, le relataba yo mi experiencia como abogado en los juzgados de Stafford, Inglaterra, cuando colaboraba con un solicitor y un barrister en la defensa de un ciudadano español en prisión provisional en la cárcel de alta seguridad de Birmingham.
– ¡No puedo imaginar que en Reino Unido se ponga en duda la autenticidad de un documento presentado por un abogado en el que se le designa como abogado defensor! ¡Claro, que allí el propio solicitor ejerce como notario público!
– ¿Pero qué trabajo les cuesta? Además, tú le has exhibido a la funcionaria el escrito original de designación ¡Y la funcionaria te ha dicho que ella no se iba a poner a cotejar las firmas…!
Por eso le dije a la tramitadora antes de despedirme que cuando yo comencé a ejercer como abogado en 1991 nos ponían a los abogados menos trabas que ahora y nos permitían consultar el expediente judicial identificándonos sólo con nuestro nombre y apellido, pues se suponía nuestra honorabilidad.
Debido a las altas temperaturas, al cruzar la avenida que separa los juzgados de los Jardines de Murillo tomamos un taxi y ya en el interior de camino al bufete le conté a mi colega mis recuerdos del verano de 2022 cuando en esos mismos tribunales se celebró un juicio con jurado que no se grabó y en el que nuestro recurso de apelación y su difusión en Confilegal ayudó a que todos los juicios con jurado celebrados con posterioridad sí fuesen filmados.
ANOMALÍA PROCESAL
Me refiero a la anomalía procesal acontecida durante trece años en la Audiencia Provincial de Sevilla, en la que por sugerencia del letrado judicial responsable de la Oficina del Tribunal del Jurado no se grabaron cientos de juicios desde que fuese obligatorio grabar la imagen y el sonido de todos los juicios, en 2009.
Y me refiero en el título de este artículo a la resiliencia de los abogados penalistas no sólo por aquella anécdota de mi primera visita a un juez muy serio y poco atento, o por lo acontecido recientemente en esta causa en el que un ciudadano está privado de libertad y nuestra obligación es insistir en su libertad provisional cuantas veces sea necesario.
Tampoco invoco nuestra fortaleza y resistencia ante las contrariedades sufridas en el juicio celebrado ante el Jurado hace tres años y cuyo recurso de casación se resolverá próximamente.
Más bien, defino la actitud de muchos penalistas y nuestra capacidad de adaptarnos ante las situaciones adversas en un sistema de justicia obsoleto en el que nos prometen cada vez que se nombra a un nuevo ministro de justicia que la digitalización de la administración de justicia se va a completar, que el “papel cero” será una realidad y que habrá medios materiales y humanos, y cómo no, dinero, para llevar a buen término la Ley de Eficiencia Procesal, siendo esta nueva norma la que conseguirá por fin una justicia moderna propia de un país próspero clausurando la administración decimonónica que hemos padecido hasta ahora.
Los abogados penalistas somos flexibles y afrontamos situaciones difíciles, recuperándonos prontamente de las peores circunstancias gracias a nuestras habilidades para resistir las afrentas en nuestro trabajo.
Por eso, recordaba ahora el juicio en el que ejercí la defensa durante una semana en junio de 2022 y sobre el que escribí en este medio tres artículos titulados “La espada de Damocles: El insólito juicio y el irascible e ingenioso juez”. Primer, segundo y tercer actos.
Ese juicio ha sido para mi la peor experiencia ejerciendo como abogado, no solo porque no se grabase la vista oral a pesar de ser obligatorio por imperativo legal (artículo 743 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal) sino por la falta de respeto del magistrado presidente hacia la defensa y su falta de imparcialidad objetiva.
Las interrupciones a la defensa desde el primer momento, en el alegato inicial, fueron constantes así como las intromisiones infinitas en los interrogatorios.
Contrastando la actitud beligerante del magistrado hacia el abogado defensor con su permisividad con la señora fiscal, a la que consintió exponer alegaciones poco respetuosas ante los miembros del tribunal del jurado.
Igualmente, el magistrado presidente infringió la Ley del Tribunal del Jurado en sus instrucciones a los miembros del Jurado, pues analizó la prueba practicada en el juicio en perjuicio de la defensa.
Algo más tarde, el letrado judicial publicó su tesis doctoral en la que seguía manteniendo que el acta mecanografiada es mejor que la grabación del juicio con jurado en el capítulo referido a la documentación del juicio.
Pero los abogados penalistas somos resilientes y afrontamos positivamente la adversidad, somos perseverantes y tenemos tolerancia a la frustración y a la incertidumbre.
Somos capaces de afrontar eventos difíciles y seguimos adelante aprendiendo de lo sucedido y preparándonos para nuevos acontecimientos intentado mejorar nuestra actuación.
Somos corredores de fondo y confiamos en nuestras capacidades, asumiendo las dificultades como una oportunidad para aprender y tomar las decisiones acertadas.