El Juzgado Contencioso Administrativo nº8 de Sevilla ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a indemnizar con 180.000 al paciente afectado. Y es que, tras la inadecuada atención médica recibida, el hombre tenía que someterse a la amputación de la mitad de su pierna. Un caso en el que, desde el Defensor del Paciente, aseguran que se llevó a cabo la «técnica del salchichón», afectando gravemente la salud del hombre.
F. G.P., un hombre de 55 años con diabetes mellitus, acudía a su centro de salud el 12 de noviembre de 2021. Ello, debido a que el paciente sufría parestesia en el pie derecho. Es decir, una sensación de hormigueo o adormecimiento en el pie.
Algo ante lo que el facultativo médico derivaba al paciente al servicio de urgencias del Hospital Comarcal La Merced de Osuna, en Sevilla. Centro médico que estipulaba que el hombre presentaba «pie con necrosis diabético». Y derivaba al hombre al Hospital de Écija. Un centro hospitalario que, tal y como lamenta ahora la sentencia, «carece de la especialidad de cirugía vascular», a pesar de que desde el primer momento se manifestaba que el paciente debía ser visto por esta especialidad.
Centro hospitalario que confirmó la falta de riego sanguíneo, isquemia, en la zona afectada. «Pese a ello, no le remitieron a un hospital con unidad de angiología y cirugía vascular que reestableciera el riego sanguíneo como paso previo a la amputación de los dedos», lamenta la Asociación del Paciente, que ha defendido el caso, tramitado por la abogada María Jesús Villalpando.
Situación que provocaba que, el 19 de noviembre, se realizara al paciente «una amputación transmetatarsiana del pie derecho». Amputación de medio pie que, sin embargo, no conseguía solventar la situación crítica de F.G.P.
La «técnica del salchichón» del SAS
«La herida estaba fea, y olía mal, pero decían que todo estaba bien», lamenta el Defensor del Paciente tras esta primera operación a la que se sometía el paciente.
Evolución desfavorable ante la que la familia del paciente solicitaba el traslado al Hospital de Valme. Centro donde sí tenían la especialidad recomendada desde el primer paciente. Lugar donde consiguieron reestablecer el riego de la extremidad derecha.
Sin embargo, ante los 11 días perdidos desde el ingreso del paciente, fue necesario «amputar por estar necrosada la pierna derecha desde la rodilla». Situación que llevaba a la familia a presentar una solicitud de indemnización por responsabilidad patrimonial contra el SAS por las lesiones sufridas. Y, tras su desestimación, a presentar un recurso ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº8 de Sevilla.
Juzgado, bajo la magistratura de María Nieves Martínez Rives, ante el que la familia solicitaba una indemnización de 420.000 euros.
Recurso ante el que el SAS se oponía, al entender que no existió infracción de la lex artis, así como que tampoco hubo falta de información adecuada hacia el paciente. Del mismo modo, aseguraba la administración que no procede la indemnización, «al no existir responsabilidad patrimonial de la Administración». Y, subsidiariamente, entiende la cantidad solicitada «excesiva e injustificada».
Caso en el que la juez determina que las pruebas, así como las manifestaciones de los peritos consultados, evidencian «que se ha producido una pérdida de oportunidad». Y por tanto, condena al SAS a indemnizar con 180.000, más intereses, al paciente afectado.
«Se sigue utilizando, como reconoció un testigo sanitario, la técnica del salchichón, en la que el cirujano va cortando hasta que llegue a la zona sin riego. De manera que el paciente va perdiendo la extremidad. Y ello ocurre en tiempos donde con un stent se restablece el riego», lamenta Carmen Flores, presidenta de la asociación El Defensor del Paciente.