La Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF), que ejerce la acusación popular en la causa abierta en el Tribunal Supremo contra el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, y que ha solicitado 6 años de cárcel y 12 años de inhabilitación por dos supuestos delitos, uno de prevaricación y otro de revelación de secretos, ha cuestionado públicamente la sanción impuesta a su presidente, Miguel Pallarés, fiscal destino en la Comunidad Autónoma canaria.
La medida, dictada por la teniente fiscal del Tribunal Supremo, María Ángeles Sánchez Conde, impone una multa de 1.000 euros por una supuesta “falta grave de retraso en el despacho de asuntos”.
Pallarés ha recurrido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, al considerar la resolución “injusta y no ajustada a Derecho”.
La Comisión Ejecutiva de la APIF, reunida sin su presidente, ha expresado su pleno apoyo y ha recordado la cronología de los hechos, que —a su juicio— invita a pensar en una reacción vinculada con la posición procesal de la asociación frente al fiscal general.
Una secuencia que plantea dudas
Según la APIF, la Inspección Fiscal abrió diligencias informativas en junio de 2024, pocos meses después de que la asociación difundiera un comunicado titulado “Presunción de inocencia. Neutralidad de la Fiscalía”, en el que criticaba duramente una nota de prensa de la Fiscalía Provincial de Madrid que contenía datos personales de Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso.
Posteriormente, el 24 de octubre de 2024, la APIF acordó personarse como acusación popular en el procedimiento abierto en el Supremo contra García Ortiz, al considerar que no debía continuar en el cargo mientras era investigado. Un mes después, en noviembre de 2024, la Inspección Fiscal incoó expediente disciplinario contra Pallarés.
Finalmente, en octubre de 2025, la teniente fiscal del Tribunal Supremo, que actuó en sustitución del fiscal general por su obligación de abstenerse, dictó la resolución sancionadora.
Sin quejas previas ni denuncias externas
La asociación subraya que las diligencias disciplinarias tienen su origen en un recurso de alzada presentado por Pallarés contra una decisión de su fiscal jefe, que la fiscal superior elevó a la Inspección tras desestimar el recurso.
Según la APIF, no ha existido queja alguna por parte de la fiscal jefe provincial, de la decana de Civil y Discapacidad, ni de ningún ciudadano o Administración Pública sobre posibles demoras o deficiencias en el trabajo del presidente.
Además, recuerdan que otra fiscal destinada en la misma sección y en la misma Fiscalía Provincial de Las Palmas fue objeto de investigación por supuestos retrasos similares en las mismas fechas.
En su caso, la Inspección Fiscal archivó el expediente el 7 de abril de 2025, al constatar que las incidencias se debían a fallos del sistema informático.
“Ese mismo argumento, alegado por nuestro presidente, no se ha aplicado en su caso —lamenta la asociación—, y el expediente ha terminado con sanción.”
La APIF reivindica su papel como asociación “comprometida con la defensa del Estado de Derecho, la independencia del Ministerio Fiscal y los derechos profesionales de los miembros de la carrera”.
“Esta labor —afirma su Comisión Ejecutiva— no siempre ha sido fácil ni comprendida, pero seguiremos ejerciéndola con mayor ahínco, porque la independencia del Ministerio Fiscal y la igualdad en el trato disciplinario son principios esenciales e innegociables.”