La mayoría del Pleno del Constitucional ha rechazado los argumentos, con el voto en contra de los magistrados del sector conservador. Foto: EP

El Tribunal Constitucional desestima el recurso de la Comunidad de Madrid contra la Ley de Amnistía

2 / 12 / 2025 15:36

El Tribunal Constitucional (TC) ha desestimado este martes el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno de la Comunidad de Madrid, presidido por Isabel Díaz Ayuso, contra la ley de amnistía que perdona una década de actuaciones relacionadas con el procés. La decisión se adopta en aplicación de la doctrina fijada por el propio tribunal el pasado mes de junio, cuando avaló la mayor parte de la norma.

La mayoría del Pleno ha rechazado los argumentos esgrimidos por el Ejecutivo madrileño, con el voto en contra de los magistrados del sector conservador. El fallo sigue la misma línea que las resoluciones previas frente a los recursos planteados por Andalucía, Región de Murcia, Comunidad Valenciana y Castilla y León, todas ellas comunidades gobernadas por el Partido Popular.

En su sentencia de junio, el Constitucional determinó que la ley de amnistía es compatible con la Carta Magna salvo en aspectos concretos. La mayoría progresista sostuvo entonces, al inadmitir el recurso del PP, que la medida de gracia no está prohibida por la Constitución, que persigue una finalidad legítima y que no constituye una «autoamnistía».

El Constitucional pone en relieve las «circunstancias excepcionales»

El tribunal recordó que “el legislador puede hacer todo lo que la Constitución no prohíba explícita o implícitamente”, señalando que los motivos políticos que inspiran una norma son “jurídicamente indiferentes”. Lo relevante, añadió, es que existan circunstancias excepcionales que justifiquen la medida, descartando que se trate de un “capricho” y apuntando a su objetivo de lograr una “mayor paz ciudadana”.

Asimismo, el TC rechazó que la amnistía necesite una habilitación expresa en la Constitución, asegurando que “el silencio constitucional, por sí solo, no equivale a la prohibición”. De lo contrario, advertía, se estarían restringiendo opciones legislativas que el constituyente no excluyó, lo que implicaría una vulneración del principio democrático.

El tribunal también ha recordado que, en aplicación de esta misma doctrina, ya desestimó las cuestiones de inconstitucionalidad planteadas por el Tribunal Supremo y el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña contra la ley de amnistía.

Noticias relacionadas:

La AN paraliza el acuerdo del Gobierno que convertía la sede de la Presidencia madrileña en Lugar de Memoria Democrática

El Supremo escuchará las peticiones para suspender la regularización extraordinaria de migrantes

Miguel Ángel García Martín carga duramente contra las «leyes de la factoría Bolaños»: «Trata de atacar al Poder Judicial»

Opinión | Un tribunal de amparo… que no ampara: Yo acuso

El presidente del TEDH alerta que las amenazas a los jueces ponen en riesgo la democracia en su visita al Constitucional

Opinión | El Tribunal de Instancia de Madrid avala denegar la inscripción de pisos turísticos que incumplen la normativa urbanística

Lo último en Tribunales

Zapatero(2)

El expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero, investigado en el ‘caso Plus Ultra’

20/11/2023 La cantante Shakira (d), a su salida de la Audiencia Nacional
ECONOMIA 
KIKE RINCÓN / EUROPA PRESS

Hacienda se plantea el recurso de casación ante el Supremo por el caso Shakira

Tribunal Federal del Disgtrito de Columbia

El Tribunal Federal del Distrito de Columbia abre la puerta al rastreo global de activos de España

Air Europa

El Supremo da la razón a los pilotos de Air Europa: los «pluses» no se pueden ver afectados por la jornada reducida

eutanasia

El Supremo tiene que decidir si un padre puede frenar la eutanasia de su hijo