El exasesor ministerial Koldo García ha solicitado al Tribunal Supremo que revoque su situación de prisión provisional y decrete su puesta en libertad, ofreciendo incluso el pago de una fianza para abandonar la cárcel. En su recurso, defiende además que su incremento patrimonial está “justificado” por sus ingresos.
Así consta en un recurso de apelación interpuesto después de que el magistrado instructor del denominado ‘caso Koldo’ en el alto tribunal, Leopoldo Puente, decretara su ingreso en prisión provisional sin fianza el pasado 27 de noviembre.
La defensa solicita no solo la revocación de la medida de prisión, sino también la nulidad del auto de procesamiento por las presuntas irregularidades en los contratos de mascarillas del Ministerio de Transportes durante la pandemia, al apreciar una “falta de fijación previa de competencia” del Supremo.
En su escrito, Koldo García —exasesor del entonces ministro José Luis Ábalos— reclama quedar en libertad con las mismas medidas cautelares personales que tenía antes de su ingreso en prisión: comparecencias quincenales ante el juzgado y prohibición de salir de España con retirada de pasaporte. Actualmente se encuentra interno en la cárcel de Soto del Real (Madrid).
Koldo propone libertad provisional bajo fianza
De forma subsidiaria, para el caso de que la Sala de lo Penal no estime su excarcelación directa, plantea “alternativamente” la concesión de la libertad provisional bajo fianza, “cuya cuantía se determine por el tribunal”, manteniendo las citadas medidas cautelares.
En cuanto al fondo del asunto, la defensa sostiene que el principal indicio utilizado para justificar los delitos de malversación y blanqueo —la supuesta desproporción patrimonial— queda debilitado. Según argumenta, “al probarse que el incremento patrimonial real es tres veces menor y se encuentra justificado por los ingresos legítimos, el principal indicio material de la desproporcionalidad económica (…) se desvanece de forma crítica”.
Todo ello, añade el recurso, reduce de forma notable el riesgo de fuga. “La prisión provisional, en estas circunstancias, es insostenible por el principio de proporcionalidad”, concluye.