Chabaneix Abogados, la firma que representa a José Luis Ábalos, considera que el jurado popular presenta más posibilidades de resultados positivo. Foto: EP.

Ábalos pide ser juzgado por un jurado popular en el Tribunal Supremo en el caso de las mascarillas

24 / 12 / 2025 14:36

Actualizado el 24 / 12 / 2025 14:45

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La representación legal del exministro de Transportes y exsecretario de Organización del PSOE, José Luis Ábalos, ha solicitado al Tribunal Supremo que su juicio por supuestos delitos en el caso mascarillas durante la pandemia sea llevado a cabo por un jurado popular.

Si la Sala de lo Penal del Supremo diera luz verde, sería la primera vez que se celebraría un juicio de estas características en el Alto Tribunal desde 1939 y, de forma especial, desde la aprobación de la Constitución en 1978.

De acuerdo con su abogado defensor, Carlos Bautista, de la firma Chabaneix Abogados Penalistas –exfiscal de la Audiencia Nacional– la mayoría de los delitos que se le imputan —cohecho, tráfico de influencias y malversación— están expresamente incluidos entre los que, según la Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo, del Tribunal del Jurado, deben ser enjuiciados por ciudadanos seleccionados al azar.

Aunque Ábalos es aforado —lo que normalmente implica que su juicio corresponde al Tribunal Supremo—, su defensa sostiene que eso no excluye al jurado popular.

La ley prevé que, en estos casos, el Supremo se constituya de forma especial: un magistrado-presidente y nueve jurados ciudadanos, tal como establece el artículo 2.2 de la citada ley.

Como precedente directo, el escrito invoca el caso del expresidente valenciano Francisco Camps, quien fue enjuiciado por un jurado popular en el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, por un delito de cohecho impropio –doce trajes, cuatro americanas, cinco pares de zapatos y cuatro corbatas tuvieron la culpa–. Camps acabó siendo absuelto.

La solicitud tiene una base estratégica clara. Conscientes de que el tsunami de informaciones de todo tipo son contrarias a Ábalos, el equipo de abogados que dirige Bautista considera que hay mayores posibilidades de obtener justicia con un jurado popular.

Es una cuestión de matemática simple. De acuerdo con la Ley del Tribunal del Jurado, para condenar son precisos 7 de los 9 votos del jurado popular. Y para absolver 5 de 9.

En el caso de que el resultado fuera 6 a 3 a favor de la condena, al no llegar a 7, se produciría lo que en Estados Unidos –que tiene el mismo sistema de jurado popular que España– se denomina un «hung jury» o «jurado colgado».

Si se produjera ese resultado, según decidió el Pleno no jurisdiccional de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo en un acuerdo adoptado, el jurado popular tendría que seguir debatiendo hasta alcanzar un 7 a 9, condena, o un 5 a 9, absolución.

El 6 a 3 no es admisible como resultado final.

En el escrito de Chabaneix Abogados, los letrados de Ábalos reconocen que dos de las acusaciones —organización criminal y uso de información privilegiada— no entran en el ámbito del tribunal del jurado, pero argumentan que son delitos menores y conexos, por lo tanto es pertinente que sean juzgados por esta vía.

Ábalos es el primer diputado en ejercicio en ingresar en prisión en España y enfrenta penas que podrían alcanzar los 30 años si es condenado.

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