El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha revelado que los jueces y juezas españoles llevaron un total de 10 procedimientos por delitos de corrupción a la antesala del juicio durante el segundo y tercer trimestres de 2025, con 54 personas implicadas (de ellas 47 eran físicas y 7 jurídicas).
Según los datos de su repositorio, el desglose trimestral muestra una actividad desigual: entre abril y junio, los órganos judiciales concluyeron 7 procedimientos, todos ellos dirigido por 7 personas físicas.
En cambio, entre julio y septiembre se cerraron 3 procedimientos, pero de mayor impacto por el número de investigados implicados: 20 personas físicas y 7 jurídicas.
En el mismo periodo se dictaron 34 sentencias
Además de los procedimientos, el repositorio incorpora el número de resoluciones judiciales dictadas. En ese mismo semestre, los juzgados y tribunales españoles emitieron 34 sentencias por delitos de corrupción: 19 en el segundo trimestre y 15 en el tercero.
El dato más relevante es el sentido de esos fallos. 27 sentencias fueron total o parcialmente condenatorias, frente a 7 absolutorias, lo que se traduce en que casi cuatro de cada cinco resoluciones (el 79,4 %) terminaron en condena.
El repositorio precisa, además, si las condenas se produjeron con o sin conformidad, así como si fueron parciales, ya sea porque no se condenó por todos los delitos imputados o porque no afectaron a la totalidad de los acusados
La corrupción pública, el delito que «Más alto índices de preocupación causa en la ciudadanía»
El órgano de gobierno de los jueces recuerda que la información que ofrece el repositorio se corresponde con la corrupción pública, «la que más altos índices de preocupación causa en la ciudadanía».
«De este modo, los procedimientos judiciales cuyos datos se reflejan en el repositorio tienen como sujetos activos a funcionarios públicos, gobernantes y políticos en el ejercicio de sus cargos, y como uno de los elementos del tipo la afectación de dinero público, abarcando así tanto la corrupción administrativa como la corrupción política», explica el Consejo.
En concreto, se refiere a los delitos de prevaricación urbanística y contra el patrimonio histórico; prevaricación de funcionarios públicos; infidelidad en la custodia de documentos y violación de secretos; malversación; fraudes y exacciones ilegales; negociaciones y actividades prohibidas a funcionarios públicos y abusos en el ejercicio de su función.