El magistrado instructor del caso que investiga a la esposa del presidente del Gobierno, Juan Carlos Peinado García, ha acordado la continuación del procedimiento hacia el juicio oral ante el Tribunal del Jurado, rechazando el archivo que pedía la Fiscalía y descartando solo uno de los cinco delitos imputados.
El auto, fechado el 11 de abril de 2026, sitúa a Begoña Gómez Fernández, a su asistente en La Moncloa María Cristina Álvarez Rodríguez y al empresario Juan Carlos Barrabés Cónsul en el umbral del juicio oral por delitos vinculados a la creación y explotación de la Cátedra Extraordinaria para la Transformación Social Competitiva de la Universidad Complutense de Madrid (UCM).
La resolución ha sido dictada por Peinado, titular de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Madrid, Plaza 41, en el marco del procedimiento TJU 1146/2024.
Los hechos indiciariamente acreditados
El relato que el magistrado considera suficientemente acreditado arranca con la llegada de Pedro Sánchez a la Presidencia del Gobierno en 2018.
Desde entonces, según el auto, Begoña Gómez intensificó su presencia universitaria —codirigía desde 2014 un máster en la UCM sin titulación superior acreditada— y fue estableciendo vínculos con Barrabés.
En julio de 2020, mientras ambos se reunían en La Moncloa para trabajar en la futura cátedra, Gómez firmó dos cartas de recomendación a favor de la UTE Barrabés/The Valley en licitaciones de Red.es, usando su condición de codirectora del máster.
Peinado presta especial relevancia al testimonio del vicerrector Juan Carlos Doadrio, quien declaró que el rector le transmitió que «tenía que crear una cátedra para Begoña Gómez, la mujer del presidente», frase que el auto reproduce en mayúsculas.
La Cátedra fue financiada por Reale Seguros, La Caixa, Indra, Telefónica y Google, entre otros. Todos sus representantes declararon entender que trabajaban para un proyecto que sería propiedad de la UCM.
El elemento central es el software desarrollado en el seno de la Cátedra. En octubre de 2022, la OTRI remitió a Gómez y a Álvarez Rodríguez el contrato de cesión de derechos del programa a favor de la Universidad.
La OTRI es la Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación. Es una unidad administrativa que existe en las universidades y centros públicos de investigación españoles cuya función es gestionar y proteger los resultados de la actividad investigadora que se desarrolla en esas instituciones.
Cuatro días después, Gómez registró a título personal la marca que incorporaba el dominio en que estaba alojado el software, y cortó toda comunicación con la OTRI.
El dominio fue transferido a su nombre en julio de 2023 y en noviembre de ese año constituyó la sociedad mercantil Transforma TSC S.L., de la que es administradora única. La plataforma estuvo operativa en marzo de 2024, un mes antes de la incoación del procedimiento.
Durante todo ese tiempo, Álvarez Rodríguez —que cobró 361.423 euros brutos con cargo a la Presidencia del Gobierno entre 2018 y 2025— participó en reuniones con Google, Indra, Deloitte y otras empresas relacionadas con la Cátedra, presentándose como integrante del equipo de trabajo.
Por qué continúa el procedimiento
Sobre la competencia del Tribunal del Jurado, Peinado rechaza los argumentos de las defensas apoyándose en el Acuerdo del Pleno no Jurisdiccional del Tribunal Supremo de 9 de marzo de 2017: el tráfico de influencias es «el eje sobre el que pivota el resto de los posibles delitos» y existe una relación funcional que impide separar las piezas sin romper la continencia de la causa.
Respecto al tráfico de influencias, el magistrado aplica la doctrina del Supremo según la cual la influencia exige una «presión moral eficiente» derivada del aprovechamiento deliberado de una posición de prevalimiento.
Concluye que la condición de esposa del presidente sirvió indiciariamente para que se tomaran decisiones universitarias que de otro modo no se habrían producido, señalando que «no podrá hallarse un supuesto de similares características» en la jurisprudencia española y que las conductas descritas «parecen más propias de regímenes absolutistas, por suerte, ya olvidados en el tiempo».
Para la apropiación indebida, construye un relato de trece indicios encadenados: el desarrollo del software en el ámbito institucional de la UCM, la interrupción del cauce de registro universitario tras recibir el contrato de cesión, el registro personal de la marca, la transferencia del dominio y la constitución de la mercantil. La UCM cuantificó su daño directo en al menos 108.765 euros.
En cuanto a la malversación, aprecia indiciariamente que Álvarez Rodríguez desvió recursos públicos —su tiempo de trabajo y medios institucionales— a finalidades privadas de Gómez, y que esta última puede responder como inductora o cooperadora necesaria aplicando la doctrina de la accesoriedad limitada.
El único sobreseimiento: intrusismo profesional
Es el único delito que no supera el filtro. Existían informes contradictorios sobre si Gómez tenía habilitación para firmar los pliegos técnicos del contrato de desarrollo de la plataforma.
Ante la ausencia de indicios plurales y la presencia de contraindicios —incluido un informe de la propia UCM que no exigía título específico—, el magistrado sobresee este delito para los tres investigados.
Próximos pasos
Es la primera vez en la historia judicial española reciente que la esposa de un presidente del Gobierno en ejercicio avanza hacia el juicio oral.
El auto sienta además criterio novedoso sobre el tráfico de influencias cuando el prevalimiento deriva no del cargo propio del investigado sino de su vínculo familiar con quien ostenta el poder.
Las tres defensas han anunciado recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid. Si los recursos son desestimados, el caso pasará a la selección del jurado y la celebración del juicio oral.
El Ministerio Fiscal, que ha pedido el archivo de forma sistemática durante dos años, deberá decidir si mantiene esa posición o la revisa en sus conclusiones provisionales, que todas las partes deben presentar en el plazo de cinco días.
Las acusaciones populares las ejercen HazteOír, Iustitia Europa, el Movimiento de Regeneración Política, Vox y Manos Limpias. La UCM está personada como perjudicada.