El Gobierno ha defendido ante el Tribunal Supremo que una eventual suspensión cautelar de la regularización extraordinaria de migrantes impulsada por el Ejecutivo provocaría una “afectación directa a los derechos de las personas extranjeras interesadas y, por ende, al interés general”. Un escrito con el que, desde la Abogacía del Estado, el Ejecutivo «contesta» a la petición de Hazte Oír ante el alto tribunal.
La Abogacía del Estado ha presentado este lunes un escrito ante el Tribunal Supremo, en representación del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
Un escrito en el que se da respuesta, por parte de los servicios jurídicos del Estado, a la asociación Hazte Oír, que solicitaba recientemente al alto tribunal la suspensión cautelar de la iniciativa aprobada por el Gobierno de Pedro Sánchez el pasado mes de abril.
Y es que la organización alegaba que la medida constituye un fraude de ley y que su ejecución generaría un daño irreversible que no podría ser reparado con una eventual sentencia favorable en el futuro.
Una «afectación directa» a los derechos de los migrantes
En su escrito, el Ejecutivo manifiesta su “oposición a la medida cautelar” y solicita al Supremo que inadmita el recurso “por falta de legitimación de la recurrente o, subsidiariamente, acuerde su denegación”.
La Abogacía del Estado sostiene que paralizar la medida dejaría a las personas afectadas “en una situación de vacío legal” hasta que el Tribunal Supremo resolviera el recurso planteado por Hazte Oír.
“Existe una afectación directa a los derechos de las personas extranjeras interesadas y, por ende, al interés general, ya que estas personas quedarían en una situación de vacío legal a la espera de que se resolviera el recurso interpuesto”, señala el escrito.
Además, el Gobierno cuestiona la legitimación de Hazte Oír para promover el recurso.
Según argumenta la Abogacía del Estado, la justificación de la asociación “se construye exclusivamente sobre la enumeración de fines estatuarios de carácter amplio y genérico”, entre ellos la defensa de los “valores constitucionales, familia o legalidad”, así como sobre “consideraciones abstractas sobre el impacto de la norma en la política migratoria”.
El escrito añade que la asociación recurrente no concreta “qué beneficio real y propio obtendría” con una eventual anulación del real decreto ni “qué perjuicio cierto y específico se le evitaría”.