El Supremo rechaza la petición de Puigdemont de consultar al TJUE también sobre su inmunidad parlamentaria
El prófugo expresidente autonómico catalán, Carles Puigdemont. Foto: EP

El Supremo rechaza la petición de Puigdemont de consultar al TJUE también sobre su inmunidad parlamentaria

Recuerda que no está personado en el alto tribunal ni se le ha dado traslado de la cuestión planteada por Junqueras
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05/7/2019 06:15
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Actualizado: 15/1/2021 12:27
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La Sala del Tribunal Supremo que ha juzgado el ‘procés‘ independentista ha inadmitido los escritos presentados por el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y del exconsejero Toni Comín.

En ellos se adherían al recurso del exvicepresidente catalán Oriol Junqueras de plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para determinar en qué momento un diputado electo en el Parlamento Europeo está protegido por la inmunidad parlamentaria.

El tribunal presidido por el magistrado Manuel Marchena ha dictado una providencia, con fecha del pasado de 2 de julio, en el que rechazan las alegaciones sobre la necesidad de acudir al TJUE.

«No procede tener por formuladas las mismas en tanto que no son parte personada ante esta Sala ni se les ha efectuado traslado alguno«, dice la resolución en alusión a su situación de rebeldía.

Puigdemont y Comín, procesados por los delitos de rebelión por el proceso independentista se encuentran en Bélgica, huidos de la Justicia española, por lo que no han podido ser juzgados en el Tribunal Supremo junto a otros 12 líderes independentista, entre ellos Junqueras.

PIEZA SEPARADA SOBRE LA PRISIÓN DE JUNQUERAS

Además, la Sala explicó en su auto de este lunes en la que se acordó plantear la cuestión prejudicial solicitada por el exvicepresidente de la Generalitat, que el asunto se había estudiado en el marco de la pieza separada de prisión provisional de éste, en la que tan sólo están personados las acusaciones y la defensa de Junqueras.

El abogado de Junqueras, Andreu Van den Eynde, solicitó plantear la cuestión prejudicial en un recurso de súplica contra la decisión del alto tribunal de no concederle un permiso penitenciario extraordinario.

Este le permitiría jurar el cargo europarlamentario ante la Junta Electoral Central (JEC), requisito necesario para poder acudir a la sesión constitutiva de la cámara europea mañana.

Fue entonces cuando el tribunal del ‘procés’ dio un plazo de tres días a la Fiscalía, la Abogacía del Estado y la acusación popular ejercida por Vox, así como a la defensa, para que informasen sobre la pertinencia de ir al tribunal europeo.

Tanto el Ministerio Público como los servicios jurídicos del Estados expresaron que no era necesario poner en cuestión el alcance de la inmunidad parlamentaria.

TRES PREGUNTAS

Aún así, el Supremo acordó realizar tres preguntas al TJUE para determinar la interpretación del artículo 9 del Protocolo 7 sobre privilegios e inmunidades de la Unión Europea cuando se refiere a la inmunidad de los eurodiputados «mientras el Parlamento Europeo esté en periodo de sesiones».

Por su parte, el expresidente catalán y el que fuera su consejero reclamaron que se le sumase en la petición y se le preguntase al tribunal europeo sobre la imposición del trámite de jurar la Constitución presencialmente en Madrid para acceder al acta de eurodiputado.

También sobre el alcance de la inmunidad parlamentaria y las funciones de la Junta Electoral Central (JEC).

Por otro lado, los dos políticos independentistas –cabezas de lista de Junts para el Parlamento Europeo– recurrieron el pasado viernes ante el Tribunal General de la Unión Europea la decisión de la Junta Central Electoral de no reconocer su derecho como eurodiputados.

Solicitaron la aplicación de medidas de urgencia para que este martes pudieran tomar posesión de sus escaños. Este tribunal rechazó este lunes la reclamación de imponer medidas provisionales, mientras resuelve el fondo del asunto. EP.

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