El Congreso tumba la PNL sobre la Abogacía del Estado y las nuevas cuestiones prejudiciales del IRPH
Votaron a favor EH-Bildu, Esquerra Republicana y Grupo Confederal-Unidas Podemos; se abstuvo PDCAt  y en contra PSOE, PP, Ciudadanos y Vox. Foto: Confilegal.

El Congreso tumba la PNL sobre la Abogacía del Estado y las nuevas cuestiones prejudiciales del IRPH

Con 28 votos a favor, 6 en contra y una abstención
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29/4/2021 17:51
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Actualizado: 10/12/2021 13:08
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Poco después de las tres de la tarde, los integrantes de la Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital han rechazado por una amplia mayoría, 28 votos a favor, 6 en contra y una abstención, la PNL registrada por EH-Bildu para instar el Gobierno a que gestionase de otra forma la intervención de la Abogacía del Estado en las próximas cuestiones prejudiciales sobre IRPH.

Han votado a favor EH-Bildu, Esquerra Republicana y Grupo Confederal-Unidas Podemos; se abstuvo PDCAt  y en contra PSOE, PP, Ciudadanos y Vox.

El diputado de EH-Bildu Óscar Matute defendió la propuesta y explicó la situación que viven cerca de millón y medio de españoles como consecuencia de la cláusula IRPH, a la que calificó de “injusticia histórica”.

A  su juicio, “es el momento de que el Estado español cumpla y haga cumplir la ley con la defensa de los usuarios y consumidores. Incluso planteamos la posibilidad que se votase por puntos en su versión más suave o rotunda. Este es un problema que se está llevando la salud, economía y los derechos de millones de españoles”.

En su turno de palabra, cada formación política defendió el sentido de su voto. Para María Muñoz, de Ciudadanos, “la iniciativa presenta una disyuntiva incompatible en sus propios términos. Insta al Gobierno a personarse ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en las nuevas cuestiones prejudiciales para defender a las personas afectadas. La falta de transparencia aporta la nulidad de la cláusula. Y por otro lado adoptar una postura neutral no personándose en dichos asuntos”.

“Desde Ciudadanos no compartimos que España se persone en la causa, ya que no es una parte implicada. Debe mantener la neutralidad. En ningún caso podríamos apoyar esta iniciativa en el primer punto”, aclaró.

También recordó que este tema de la transparencia y abusividad del IRPH lo han abordado los tribunales, “en concreto por el TJUE y el Supremo, la sala de lo Civil a finales del año pasado señaló que la falta de transparencia no implica que se trate de una práctica abusiva».

Desde la formación naranja, Muñoz recordó que “a quien no corresponde es a esta cámara y al Gobierno decidir sobre estos términos. Nos opondremos a la iniciativa y dejaremos trabajar a los tribunales”.

Por su parte, Pilar Calvo, del Grupo Plural, señaló que “independientemente del sentido del voto del Grupo, Junts per Catalunya se posiciona a favor de dicha PNL que insta al Gobierno español a que defienda los intereses de los ciudadanos en las cuestiones prejudiciales nuevas interpuestas por IRPH».

Cuando una cláusula no es suficientemente transparente, entendemos, al aprovecharse de la falta de conocimientos de los ciudadanos, que debe declararse nula”. “Entendemos que el Gobierno más progresista de la historia no va a optar por esta opción”, comentó con ironía.

IRPH y abusos bancarios

Desde el Grupo Republicano, Joan Capdevila señaló que su grupo sí iba a apoyar la PNL por la gran cantidad de afectados en nuestro país. “Estas personas han pagado 3.600 euros al año en concepto de intereses en comparación a si se les hubiese aplicado el Euribor”.

El diputado de Esquerra Republicana habló de estafa al mencionar el IRPH, “lo hemos denunciado en reiteradas ocasiones. Es un índice opaco, confuso y abusivo”.

Capdevila señaló que la sentencia del TJUE sobre IRPH “dejó abierta la puerta a que los jueces lo analizasen caso por caso, lo que ha generado una litigiosidad enorme en una justicia española ya muy saturada. En este escenario las entidades financieras tenían más margen de maniobra”.

Por su parte, Txema Guijarro, diputado del Grupo Parlamentario Confederal, señaló que iban a votar a favor. Esta iniciativa establece unos máximos y unos mínimos que hay que considerar. “La exposición de EH-Bildu es certera. He escuchado al señor Matute. Y tras sus siete minutos no he logrado poner un pero a su intervención. Creo que su planteamiento es correcto y describe una secuencia de hechos que no es opinable y es objetiva”.

“Creemos que el Gobierno debería tomar una postura contundente sobre IRPH. Un índice que se ha denunciado por su falta de transparencia. Creemos que la falta de transparencia lleva inexorablemente a la corrupción”.

En su intervención, Ines Cañizares, diputada de VOX, que votó en contra de la iniciativa, indicó que “el asunto que más nos debe preocupar es que la banca despida a 8.000 trabajadores”.

Esta diputada recordó que “el TJUE en su sentencia de marzo del 2020 indicó que el IRPH podría ser abusivo y debería pasar un doble control sometido a los tribunales nacionales de justicia. El Supremo siempre consideró que no era abusivo al ser un índice europeo, cuestión que rechaza el TJUE. Ahora todo queda en manos de los jueces».

En su opinión, “el TJUE no establece la abusividad en sí del índice, sino que podría declararse su nulidad cuando el juez nacional apreciase abusividad en la cláusula que lo impone”.

Abogacía del Estado e interés general

Para Cañizares “lo que hizo la Abogacía del Estado en 2018 fue proteger los intereses de los españoles y proteger el sistema financiero. Al mismo tiempo, el Supremo dicta cuatro sentencias en octubre del 2020 para unificar doctrina y las cuatro con voto particular argumentaban que esas cláusulas no transparentes no eran abusivas”.

A su juicio, “es posible que se resuelva a principios del 2022. Una vez resuelta seguramente el Gobierno, que en ese momento represente los intereses de los españoles, a través de la Abogacía del Estado, siempre pensará en el interés general decidirá lo que tiene que hacer”.

Desde su punto de vista, “dirigir las acciones de manera preventiva con esta PNL, sin que se haya resuelto el asunto y con pretensiones contradictorias no es una prioridad, con la que está cayendo en nuestro país”.

Una PNL sin sentido

Por parte del Grupo Parlamentario Popular, Miguel Ángel Paniagua, indicó que la PNL era un despropósito. “Insta al Gobierno a que haga dos cosas diferentes. Esto inhabilita a la proposición. Luego acusa a la Abogacía del Estado de defender la banca por encima del Estado. Los abogados del Estado defienden siempre el interés del país. Otra cosa es que ustedes lo tengan en cuento”.

Sostuvo que no es de recibo criticar cómo funciona el Abogado del Estado en las cuestiones prejudiciales anteriores del IRPH. «Confunden transparencias con cláusulas abusivas, son dos conceptos diferentes”.

Y recordó que el TJUE dictó sentencia y hay que respetarla. Pero también existe la posibilidad de iniciar un nuevo procedimiento que acataremos su fallo.

Por su parte, Manuel González, diputado del PSOE, explicó brevemente la historia del IRPH y los fallos del Tribunal Supremo, que dictó sentencia el 14 de diciembre del 2017 y dijo que el IRPH no era abusiva. Sin embargo hubo una cuestión prejudicial que se planteó un año después ante el TJUE. La Abogacía del Estado participó en el procedimiento.

En este sentido, apuntó que “tras las posteriores sentencias del Supremo admite que la cláusula IRPH no supera el control de transparencia dictado por el TJUE, pero no es abusiva. Esto ha vuelto a generar varias cuestiones prejudiciales de un juzgado de Barcelona y otro de Ibiza”.

Este diputado recordó que “el TJUE no ha notificado a los Estados miembros los procedimientos referidos a estas cuestiones prejudiciales. El TJUE no ha publicado documentación alguna de ninguno de los dos expedientes”.

Gonzalez recordó “que la decisión de intervención de la Abogacía del Estado y su sentido se acuerda de forma colegiada en la Comisión Interministerial de Seguimiento y Actuación ante el TJUE cuya presidencia responde al Ministerio de Asuntos Interiores. Esta Comisión lleva a cabo el estudio de las cuestiones prejudiciales planteadas por los órganos jurisdiccionales de los estados miembros. Tras ese estudio se decide como intervenir”.

“Las actuaciones de la Abogacía del Estado se rigen siempre por su normativa específica y, en su defecto, por la Ley 52/1997 aprobada en este Congreso que es la de la Asistencia Jurídica al Estado e instituciones públicas”, concluyó.

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