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«Tras el verano, me divorcio»: ¿qué suele ocurrir cuando se llega a esta situación y qué hay que hacer?

«Tras el verano, me divorcio»: ¿qué suele ocurrir cuando se llega a esta situación y qué hay que hacer?
Gema Cornejo es miembro del despacho Winkels Abogados y especialista en derecho de familia.
05/9/2016 07:57
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Actualizado: 04/9/2016 18:07
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Cada año, después de la vacaciones de verano, nos encontramos en los despachos de abogados con numerosas citas para iniciar los trámites de la separación, nulidad, o divorcio del matrimonio (o regular la guarda, custodia y alimentos de los hijos no matrimoniales).

¿Por qué parece que eligen las parejas la época estival para poner fin a su convivencia?

La crisis del matrimonio, viene “desde atrás”, pero cuando hay hijos, los padres van posponiendo la ruptura, intentando que su decisión altere lo menos posible la vida de aquellos y que no afecte a sus resultados escolares. Por eso, el comienzo del nuevo curso escolar se suele ver como el periodo “más adecuado” para el cese de la convivencia.

Recordemos que la separación de la familia supone un traslado de domicilio para uno de los progenitores que, consecuentemente, afecta directamente a los hijos porque también han de trasladarse a ésta; bien sea en sus visitas al progenitor no custodio, bien sea en el periodo de guarda y custodia compartida (si no se estableció un uso alternativo de la vivienda familiar).

Otro de los motivos es que durante el año, los esposos -o pareja de hecho-, la convivencia real suele limitarse a los fines de semana debido a la ajetreada vida que llevamos, y es en verano, durante las vacaciones, cuando afloran los problemas “ocultos” del matrimonio.

A la hora de tomar la decisión de separarse, también se tienen en cuenta ciertas consideraciones morales, ya que las vacaciones son consideradas un periodo inapropiado para divorciarse o separarse.

Al ser agosto un mes judicialmente inhábil –salvo para supuestos urgentes-, es septiembre el mes donde se registran, se reparten y se remiten a los Juzgados de Familia (o de Primera Instancia para municipios donde no existen juzgados especializados en esta materia) el mayor número de demandas de divorcio, separación, nulidad o medidas paternofiliales.

¿Qué otro mes es igualmente “puntero” en los juzgados?

La respuesta es: marzo.

Las Navidades son época de reuniones familiares y de importantes discusiones de la pareja, pero con los gastos realizados en estas fiestas, la economía necesita recuperarse y no es hasta el mes de marzo cuando los abogados, tras previas negociaciones, presentamos las pertinentes demandas.

Datos, según la Sección de Estadística del Consejo general del Poder Judicial.

Durante la crisis económica, las rupturas matrimoniales disminuyeron de manera considerable. Se produjo un pequeño incremento del 7 por ciento en el año 2014 y una nueva reducción del 2,6 por ciento en las demandas de separación, divorcio y nulidad en el año 2015.

Según el balance anual del Consejo General del Poder Judicial, en el año 2015 se presentaron:

  • 330 demandas de divorcio, un 2,4 por ciento menos que el año anterior, de las que 73.389 fueron de mutuo acuerdo (3,2 por ciento menos) y 49.941 contenciosas (un 1,3 por ciento menos).
  • 616 separaciones consensuadas, con una disminución interanual del 3,9 por ciento, y 1.979 contenciosas, un 11,6 por ciento menos que en 2014.
  • Por el contrario, el número de demandas de nulidad fue de 216, un 6,9 por ciento mayor que en 2014.
  • Respecto a los procedimientos de guardia, custodia y alimentos de hijos no matrimoniales, se presentaron durante el pasado año 17.929 demandas consensuadas con un incremento del 8,7 por ciento, menos de la mitad del observado en 2014. Se presentaron 28.092 demandas no consensuadas, cuando un año antes habían sido 28.103, un 11,6 por ciento más que en 2013.

El número de demandas de separación y divorcio ha descendido un 13,2 por ciento en el primer trimestre del año 2016: se cifran en 28.728 las demandas de divorcio registradas entre el 1 de enero y 31 de marzo de 2016 (respecto a las 33.015 del mismo periodo de 2015):

  • De las demandas de divorcio,035 fueron de mutuo acuerdo, y 11.693 fueron contenciosas.
  • Las demandas de separación bajaron un 17,8 por ciento, al pasar de 1.818 en 2015 a las 1.495 actuales (1.017 fueron consensuadas y 478 contenciosas).
  • Las demandas de nulidad registradas en los tres primeros meses del año fue de 35, frente a las 56 que se presentaron en el mismo periodo de 2015.

Las Comunidades Autónomas con mayor tasa de demandas matrimoniales son Cataluña, la Comunidad Valenciana y Canarias. Por el contrario, las tasas más bajas se dieron en Castilla y León, Cantabria, La Rioja y en Navarra.

Según datos del Instituto Nacional de Estadística, la duración media de los matrimonios fue de 15,8 años para el año 2014 (similar a 2013).

ESTE PATRÓN SE REPITE EN OTRAS PARTES DEL MUNDO

Un estudio realizado por Julie Brines, profesora de sociología de la Universidad de Washington, y por el estudiante de doctorado Brian Serafini, presentado en el congreso anual de la Asociación Americana de Sociólogos celebrado en Seattle (EEUU), basado en datos del estado de Washington, revela que la mayor parte de las solicitudes de divorcio se presentan en marzo y en agosto.

Ante estos datos, investigaron si se cumplía el mismo guión en otros estados como Ohio, Minnesota, Florida y Arizona, que tienen las mismas leyes de divorcio, pero diferente demografía y condiciones económicas. El resultado fue que a pesar de estas diferencias, el patrón persistió.

En Brasil, según el Colegio Notarial de Brasil (CNB), agosto es el mes campeón de los divorcios, según un estudio realizado desde el año 2007.

CONCLUSIONES

Se produzca en el mes que se produzca la ruptura de la pareja, lo ideal es que se realice de la manera más razonable posible, e intentar llegar a un acuerdo en las decisiones y consecuencias derivadas de la separación.

Para los niños, la separación de sus padres siempre será dolorosa, pero estos deberán conseguir que les afecte lo menos posible. Algunas pautas a seguir son:

  • Es absolutamente imprescindible no someter a los menores a un conflicto de lealtades (no hay que obligarles a elegir entre mamá y papá).
  • Explicarles la situación real, que no hay posibilidad de volver juntos.
  • Jamás utilizar a los hijos como medida de coacción al otro.
  • No hablar mal a los pequeños del otro progenitor.
  • Favorecer el contacto con él,
  • Buscar ayuda de un psicólogo ante cambios de comportamiento o síntomas físicos repetitivos en los menores.

Antes del matrimonio o de iniciar la convivencia, sería aconsejable cumplir con los puntos recogidos en el Decálogo que recientemente ha publicado la Sección de Derecho de Familia y Sucesiones del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (presidida por Dª. Isabel Winkels Arce, socia directora de Winkels Abogados), y pactar -cuando todavía existe amor-, las cuestiones que provocan mayor conflicto en la ruptura familiar.

Podemos consultar el decálogo en el siguiente link:

http://web.icam.es/bucket/Dec%C3%A1logo%20Conflictos%20Familiares(1).pdf

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