El cantante José Ramón Márquez, conocido como 'Ramoncín' (EP)

La Fiscalía no recurrirá finalmente la absolución de ‘Ramoncin’

16 / 02 / 2016 15:18

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La Fiscalía ha informado al Tribunal Supremo de que desiste de recurrir la sentencia de la Audiencia Nacional que absolvió al cantante José Ramón Márquez, conocido como ‘Ramoncín’, y a otros tres excargos de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) que estaban acusados de sustraer 57.402 euros a la entidad entre septiembre de 2008 y marzo de 2011.

El Ministerio Público anunció el pasado enero la interposición de un recurso por infracción de ley contra la decisión de la Audiencia Nacional de exonerar a ‘Ramoncín’ y los exmiembros de la entidad cultural en la causa abierta por posibles delitos de apropiación indebida, falsedad en documento mercantil y administración desleal.

En un decreto, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Penal del Supremo informa de que la Fiscalía ha presentado finalmente otro escrito manifestando que «se aparta del recurso» y, en consecuencia, acuerda tenerle por «desistido».

PROYECTOS «REALES»

La Audiencia Nacional consideraba que la salida de fondos de la entidad a favor del músico obedeció a proyectos que eran «reales» y no «hipotéticos».  La SGAE no se personó en este procedimiento como acusación particular al considerar que «no existió ninguna ilegalidad en la contratación de servicios por los que se remuneró» a ‘Ramoncín’ cuando era socio de la entidad.

La Sección Segunda de la Sala de lo Penal absolvió al músico y al ex director general de la Sociedad Digital de Autores (SDAE) José Luis Rodríguez Neri de los delitos de falsedad  documental y apropiación indebida, por los que la Fiscalía pedía sendas penas de cuatro años y diez meses de cárcel.

El tribunal también terminó exculpando al exdirector de los Servicios Jurídicos de la SGAE Pablo Hernández Arroyo, para quien la Anticorrupción pedía dos años y nueve meses de prisión por apropiación indebida; y al ex director general de SGAE y exconsejero de la filial digital Enrique Loras, que se enfrentaba a dos años de cárcel por este mismo delito.

El tribunal consideró que la prueba «no es suficientemente concluyente ya que deja un margen de  duda suficiente y razonable sobre la verdadera intención y participación en los hechos de los acusados» y que no se pueden descartar «otras posibles versiones» a la sostenida por el fiscal José Miguel Alonso, quien habló de negocios «hipotéticos» para sacar dinero de la entidad de la manera «más fácil y rápida posible». (EP)

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