El Supremo impone multas millonarias a los organizadores del Mundial Moto-GP por simular compraventa de acciones

El Supremo impone multas millonarias a los organizadores del Mundial Moto-GP por simular compraventa de acciones

1 / 03 / 2016 12:11

Actualizado el 23 / 01 / 2019 12:53

En esta noticia se habla de:

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha confirmado que Dorna Sports, entidad organizadora del Mundial Moto-GP, y dos de sus directivos simularon en 2003 y 2004 una compraventa de acciones para obtener ventajas fiscales y un reparto de dividendos encubierto.

En un total de doce sentencias dadas a conocer este martes, el alto tribunal declara que, además de hacer frente a las liquidaciones del impuesto de sociedades e IRPF correspondientes – Hacienda calculó inicialmente una cuantía de 25.5 millones de euros con intereses de demora que ahora hay que recalcular a la baja-, los responsables del a entidad cometieron una infracción grave a la Ley General Tributaria al mediar ocultación, por lo que tendrán que hacer frente a una sanción económica.

La decisión supone que los socios de Dorna Carmelo Ezpeleta y Enrique Aldama, con sus respectivas cónyuges en cada caso, deben pagar 3,9 millones de euros el primero y 2,7 millones el segundo en concepto de IRPF del año 2004.

Además, la sentencia establece que ambos cometieron una infracción grave por dejar de ingresar la correspondiente cuota tributaria, por lo que Hacienda deberá establecer contra ellos la correspondiente sanción.

OCULTACIÓN Y FRAUDE

En julio de 2010, la Inspección de Tributos impudo a Ezpeleta una sanción de 5,1 millones de euros y al segundo otra de 1,2 millones por considerar que la infracción tributaria era muy grave, ya que no sólo habría incurrido en ocultación, sino también en el uso de medios fraudulentos.  La Audiencia Nacional, no obstante, consideró que la infracción era leve.

Ahora, el Tribunal Supremo ha estimado parcialmente los recursos del abogado del Estado y establece que la infracción cometida es grave y Hacienda debe recalcular ahora ambas sanciones.

La mayor incidencia de la decisión del Supremo es en los impuestos de sociedades de Dorna Sports S.L. del periodo 2003-2006, por los que Hacienda inicialmente giró una cuota a ingresar de 16,6 millones de euros por la simulación de la compraventa de acciones y también por lo que consideraba improcedente deducción de un fondo de comercio surgido en fusiones en los ejercicios 1999 y 2003. A ello se sumaba una sanción por infracción muy grave de 17,2 millones de euros.

La Audiencia Nacional corrigió esas liquidaciones y estableció que no correspondía anular las deducciones relativas al fondo de comercio, pero sí apreció la simulación de la compraventa. Además, este tribunal rebajó la infracción de muy grave a leve.

Las resoluciones dadas a conocer por el alto tribunal ratifican lo hecho por la Audiencia en cuanto a las liquidaciones, pero eleva a grave la infracción, por lo que Hacienda deberá recalcular la liquidación y además imponer sanción por falta grave.

El resto de liquidaciones a las que afectan estas decisiones judiciales se refieren a retenciones a cuenta del impuesto sobre la renta de no residentes, por Dorna Sports, por los que se liquidaron 1,3 millones de euros -cuantía que el alto tribunal confirma-, y por los que se impuso a la sociedad una sanción de 1,2 millones que deberá recalcularse como infracción grave y no muy grave.

También se ven afectadas las retenciones e ingresos a cuenta del capital inmobiliario de la misma sociedad, con una deuda por importe de 67.000 euros -por intereses de demora, ya que la situación se regularizó-, y sanción de 3,8 millones de euros que deberá también recalcularse por rebajarse de muy grave a grave la calificación por parte del Supremo.

Las sentencias del Supremo cuentan con tres votos particulares de dos magistrados que discrepan de sus compañeros en la apreciación de la simulación en la compraventa, y de un tercero que no cree que la infracción cometida fuese grave ya que no debió aplicarse la ocultación. (CONFILEGAL/EP)

Noticias relacionadas:

El expresidente de la Diputación de León, condenado por adjudicar contratos a dedo en el ‘caso Púnica’

El Supremo confirma el archivo de la denuncia de un general al que se le ordenó no acudir al acto del 2 de Mayo

Un error en una transferencia llega al Supremo: el banco se hizo «el loco» para no devolver el dinero

El Supremo admite dos recursos del Ayuntamiento de Madrid contra la anulación de la tasa de basuras

Una trabajadora, indemnizada con 6.251 € por negarse a trabajar los sábados: la empresa la despidió, pero es nulo

El Supremo obliga a Google a retirar los enlaces sobre un guardia civil indultado por haber perdido interés informativo

Lo último en Tribunales

Open Arms

Rescatar en alta mar no requiere permiso de otro país: el Supremo da la razón a Open Arms y anula la norma del Gobierno

rodríguez zapatero

El expresidente Zapatero anuncia que propondrá un perito propio para la segunda tasación de sus joyas

asdfasdfa

El Supremo confirma los tres años de cárcel al expresidente murciano Pedro Antonio Sánchez por el auditorio de Puerto Lumbreras

abuela pensión nieto

Sacó dinero de la cuenta de su abuela enferma sin autorización, y acaba condenada por estafa informática

REbeca de Juan bombera de Melilla

Nueve años después, la primera mujer bombero de Melilla tendrá que volver a examinarse: el Supremo rechaza su recurso