El abogado de Raquel Gago tendrá que justificar su ausencia si no quiere ser sancionado

La Audiencia absuelve a Raquel Gago del asesinato de Isabel Carrasco; Montserrat y Triana, condenadas a 22 y 20 años

10 / 03 / 2016 10:31

Actualizado el 10 / 03 / 2016 13:09

La Audiencia Provincial de León ha absuelto a la agente de Policía Municipal Raquel Gago del delito de asesinato que causó la muerte a la presidenta de la Diputación provincial, Isabel Carrasco, lo que contrasta con el veredicto del Jurado Popular, que determinaba que la agente era también culpable de asesinato.

La Audiencia matiza el veredicto del jurado popular en el caso de Raquel Gago, que la consideró como cooperadora en el crimen y culpable del delito de asesinato. Sin embargo, los jueces profesionales le imponen solamente cinco años de prisión, tres años por encubrimiento y otros dos por tenencia ilícita de armas. A esta pena se le descontarán los ocho meses que pasó en prisión preventiva.

Gago no tendrá que ingresar en prisión ya que el presidente del tribunal que la ha absuelto de asesinato, Carlos Álvarez, decidió el pasado 27 de febrero, junto con los otros dos magistrados de la sección tercera de la Audiencia de León, que la policía local podía seguir en libertad provisional hasta que se resuelvan los recursos que anunció su defensa.

El presidente del tribunal, el magistrado Carlos Álvarez, reconoce que la competencia del jurado se limita a “la declaración sobre la acreditación de los hechos enjuiciados” y a la “declaración de si el acusado es culpable o inocente de haber ejecutado tales hechos”.  Por ello, Álvarez recuerda que el tribunal ciudadano “carece de toda competencia para la calificación jurídico penal de los hechos que declara probados”, función que, recuerda, “corresponde al Magistrado-Presidente”.

La Audiencia sí ha confirmado el veredicto del jurado para Monserrat González y  a su hija Triana Martínez, a las que condena a 22 y 20 años de prisión, respectivamente, por el asesinato de la presidenta de la Diputación de León Isabel Carrasco, ocurrido en 2014.

A la primera, Montserrat,  autora confesa del delito, le impone la pena de 19 años de prisión como autora de un delito de asesinato más otros tres años por delito agravado de tenencia ilícita de armas, en total 22 años.  Estima el Tribunal que en su caso concurren «la agravante de disfraz y la atenuante de reparación parcial del daño».

Tal y como quedó probado en el juicio, el 12 de mayo de 2014, a las 17.15, Montserrat, con el rostro oculto, asesinó de tres tiros por la espalda a Isabel Carrasco en la pasarela sobre el río Bernesga. Y lo hizo, según el veredicto, movida por “el odio” hacia la presidenta de la Diputación y en la creencia de que la política estaba sometiendo a una “persecución injusta” a su hija, que trabajaba como ingeniera para el organismo provincial.

La sentencia también establece que Montserrat no podrá acercarse a la hija de Isabel Carrasco, Loreto Rodríguez Carrasco, ni a la pareja sentimental de la presidenta de la Diputación asesinada, Jesús López Brea, ni comunicarse con ellos por ningún medio durante un periodo de 25 años.

A Triana, su hija, la Audiencia de León le imponen penas de 17 años y seis meses como cooperadora necesaria en el delito de asesinato, así como otros dos años y medio por delito agravado de tenencia ilícita de armas, lo que suma un total de 20 años de cárcel.

La defensa de Montserrat González y Triana Martínez, que ejerce el letrado José Ramón García García, ha anunciado que recurrirá la sentencia contra sus patrocinadas.

Además, el tribunal impone a las tres condenadas el pago de las costas a partes iguales, incluidas las de las acusaciones particulares, excepto la acusación popular que ejerció en nombre del PP el abogado Ricardo Gavilanes.

SENTENCIA:

Jurado 37-15. SENTENCIA. Caso Carrasco

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