La Fiscalía pide que el Supremo investigue a Frances Homs por la consulta del 9N

La causa 9N al Supremo, al estar el diputado Francesc Homs dentro de la investigación

14 / 03 / 2016 14:48

Actualizado el 23 / 01 / 2019 12:53

El juez del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que instruye la causa del 9N ha acordado remitir al Tribunal Supremo todo el caso, al entender que los hechos atribuidos al exconseller de Presidencia Francesc Homs no se pueden desvincular de los cometidos por el expresidente catalán Artur Mas.

Según ha informado el TSJC, el magistrado Joan Manuel Abril enviará en los próximos días al Supremo la exposición razonada con los indicios que cree que pueden incriminar a Homs, actualmente diputado de DiL en el Congreso, y por lo tanto aforado, en la organización de la consulta soberanista del 9N de 2014, después de que así lo solicitara la Fiscalía.

El magistrado, a diferencia de lo que mantiene la Fiscalía, entiende que esa parte de la investigación que afecta a Homs no puede separarse de la que se está instruyendo en el TSJC contra el expresidente de la Generalitat Artur Mas y las exconselleras Joana Ortega e Irene Rigau, por lo que enviará al Supremo la causa completa para que prosiga su tramitación.

Si el Tribunal Supremo aprecia suficientes indicios para investigar a Homs, comunicará al magistrado del TSJC que asume la causa del 9N, con toda probabilidad incluidas las diligencias relativas al resto de imputados, tal y como le propone el juez del alto tribunal catalán.

Homs compareció voluntariamente el pasado lunes ante el TSJC, después de que la Fiscalía pidiera al juez que remitiera al Supremo un informe con los indicios que incriminan al exconseller de Presidencia en la gestión de la consulta del 9N una vez había sido suspendida por el Tribunal Constitucional (TC).

El exconseller reivindicó ante el juez que su vinculación con la consulta del 9N siempre fue pública y notoria y desafió a la Fiscalía advirtiendo de que cuanto más altas sean las penas que se pidan, mayor será la vitoria del soberanismo. (CONFILEGAL/EP)

Noticias relacionadas:

La «vuelta al cole» no es un gasto extraordinario, y está incluida en la pensión de alimentos

3 sentencias del Supremo definen el teletrabajo: convenios, accidentes laborales y discriminación

Félix Bolaños califica de «bulo» la interpretación de la sentencia del Tribunal Supremo

El Supremo niega que un cambio de sexo posterior a los hechos pueda neutralizar una condena por violencia de género

Que la empresa ponga límites y condiciones en el reparto de las vacaciones no afecta a las condiciones laborales

El Supremo limita a 2.000 € las ganancias de un abogado en un caso en el que las costas ascendían a 41.000 €

Lo último en Tribunales

whatsapp difusion datos mancomunidad

La Justicia rechaza el despido de una trabajadora que se ausentaba continuamente del trabajo «justificándose» por WhatsApp

Ingreso Mínimo Vital

Una mujer pierde el Ingreso Mínimo Vital por quedarse con la vivienda familiar tras el divorcio

vuelta al cole

La «vuelta al cole» no es un gasto extraordinario, y está incluida en la pensión de alimentos

Meridia capital

El TSJ de Madrid obliga a Meridia Capital a pagar 250.000 € a un exdirectivo: no incumplió el pacto de no competencia

CEUTA

La Fiscalía eleva a 23 las agresiones sexuales durante la crisis migratoria de Ceuta