Un conductor discapacitado es condenado a pagar 3.600 euros por circular a casi 300 kilómetros hora

Un conductor discapacitado es condenado a pagar 3.600 euros por circular a casi 300 kilómetros hora

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23/3/2016 06:56
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Actualizado: 22/3/2016 20:57
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El juez de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Valdemoro, Javier  Corral, en funciones de guardia, ha condenado al conductor que el lunes fue detenido por la Guardia Civil cuando circulaba a casi 300 kilómetros por hora en la autovía de peaje R-4 a 3.600 euros de multa.

Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), el magistrado también le ha sancionado con doce meses de retirada del permiso de conducir y a las costas del proceso.

Tal y como establece la ley, cuando el infractor ha sido puesto a disposición del Juzgado y el magistrado ha incoado diligencias urgentes que se han tramitado por el procedimiento de Juicio Rápido.

En el transcurso de dicho juicio el interesado se ha conformado con la petición del representante del Ministerio Público, quien le ha atribuido un delito contra la seguridad vial, del artículo 379.1 del Código Penal y otro por conducir sin permiso, contemplado en el artículo 384.1.

Los hechos se produjeron este lunes en el kilómetro 4 sentido Madrid de la R4 cuando Agentes del Subsector Madrid Sur detectaron un vehículo de alta gama, un Porsche, circulaba a gran velocidad.

Por estos motivos se procedió a darle el alto, observando que el conductor sufría una discapacidad física e iba conduciendo el vehículo automático con una sola pierna. Hasta tal punto que hubo que requerir de una silla de ruedas para que se pudiera desplazar.

Tras ello, fue detenido alrededor de las 11.30 horas el conductor V.M.A.G, español de 36 años, a quien se le imputan un delito contra la seguridad vial al superar en 80 Km/h., en vía interurbana la velocidad permitida reglamentariamente.

También carecía del permiso de conducción, ya que lo tenía retirado hasta el mes de abril. Además el vehículo carecía de seguro obligatorio en vigor.

Las personas que sufran alguna discapacidad física similar a la del encartado pueden conducir cualquier vehículo adaptado, siempre y cuando no superen los 100 km/hora.

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