El Tribunal de Justicia de la UE decide hoy sobre la retroactividad de las cláusulas suelo

26 / 04 / 2016 05:55

Actualizado el 24 / 06 / 2020 17:08

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea resolverá la cuestión prejudicial sobre la eliminación con carácter retroactivo de las cláusulas suelo impuestas por las entidades en los préstamos hipotecarios, que puede suponerle al sector bancario un desembolso de más de 4.500 millones de euros.

La cuestión prejudicial ante el TJUE se refiere a los efectos de la nulidad de las cláusulas suelo. Hasta el momento, la doctrina emanada del Tribunal Supremo limita la devolución del dinero cobrado a los clientes en aplicación de la cláusula suelo al periodo comprendido entre el 9 de mayo de 2013 (fecha de la primera Sentencia del Tribunal Supremo) y la actualidad.

Sin embargo, algunos expertos entienden, como ya han sentenciado algunos juzgados de primera instancia españoles, que la retroactividad debe ser total, es decir, que la devolución del dinero cobrado por la cláusula suelo debe hacerse desde el momento en que se firmó la hipoteca.

A la hora de tomar su decisión, el Tribunal con sede en Luxemburgo tendrá en cuenta un informe de los servicios jurídicos de la Comisión Europea que defendía la retroactividad en los casos en los que estos umbrales se declaren nulos, es decir, que los bancos deberían devolver a sus clientes el dinero cobrado de más por la existencia de las cláusulas suelo que hayan sido comercializadas erróneamente.

Y es que la citada Comisión ha defendido en todo momento la retroactividad, argumentando que la decisión que adoptó el Tribunal Supremo español en mayo de 2013 -declaró nulas estas cláusulas cuando el cliente no hubiera sido debidamente informado-, se opone al derecho comunitario.

EL SUPREMO HA SUSPENDIDO LA TRAMITACIÓN DE RECURSOS

Debido a la importancia de esta decisión, el Tribunal Supremo ha suspendido la deliberación y fallo de los recursos de casación en procedimientos contra las cláusulas suelo.

Como ya publicó Confilegal, el pasado 12 de abril, la Sala de lo Civil del Alto Tribunal dictó un Auto en el que señala la suspensión de la deliberación y fallo del recurso de casación entre consumidores asociados a Ausbanc y Unicaja Banco, hasta la resolución del TJUE, “quedando sin efecto el señalamiento acordado para el día 4 de mayo”. La sentencia recurrida por la entidad financiera decretaba la nulidad de la cláusula suelo aplicada a los clientes y la devolución total de los importes pagados en concepto de la cláusula suelo desde la firma del préstamo hipotecario.

Entiende el Supremo que “dada la cercanía de la fecha señalada para la vista ante dicho tribunal y, consiguientemente, de la sentencia que haya de dictarse, la suspensión del proceso no se prevé extensa, por lo que no se causa un perjuicio relevante a las partes”.

La vista oral de este martes, 26 de abril, en el TJUE puede constituir un nuevo hito para los afectados por la cláusula suelo. Todas las instancias judiciales en España han paralizado sus procedimientos a la espera de la resolución del Tribunal de Luxemburgo. 

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