Díez-Picazo asegura que el acuerdo que limita los escritos de casación es "una mera recomendación"

Díez-Picazo asegura que el acuerdo que limita los escritos de casación es «una mera recomendación»

26 / 05 / 2016 05:56

Actualizado el 26 / 05 / 2016 07:44

El presidente de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, Luis Díez-Picazo, aseguró este miércoles que en el escrito del recurso de casación en lo contencioso administrativo, clave de todo el procedimiento, «las reglas establecidas tienen sólo carácter de mera recomendación”.

Así lo ha afirmado en una Jornada sobre la nueva configuración legal del recurso de casación en la Sala de lo Contencioso Administrativo celebrada en el salón de Actos del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE).

En este sentido Díez-Picazo insistió en que las reglas limitadoras de la presentación de escritos de preparación son “puras recomendaciones”. También ha reconocido que hay asuntos que requieren un escrito largo cuando se trata de narrar hechos, como es una demanda; mientras que el recurso de casación va dirigido a combatir una sentencia que recoge unos hechos.

El citado Acuerdo aprobado por la Sala de Gobierno del Supremo establecía que  “los escritos de interposición y contestación tendrán una extension máxima de 50.000 ‘caracteres con espacio’, equivalente a 25 folios.

El texto figurará en una sola cara de la hoja (anverso) y no en ambas (anverso y reverso)”.

Algo que alertó y mucho, al mundo de la Abogacía e incluso a algunos magistrados del Supremo. Algunos aseguraron que el artículo 87 bis de la Ley de Contencioso Administrativa establece que se “podrá determinar…, pero “en ningún caso lo impone como obligación”.

Otros, aseguraban que limita el derecho de defensa en los escritos.

Y el propio Díez-Picazo también parece verlo así, al reconocer que las citadas limitaciones son «meras recomendaciones», pese a que él formó parte de esa Sala de Gobierno que firmó el Acuerdo acordando la limitación de los escritos.

Sin embargo, en la sede de la Abogacía, Díez-Picazo también ha querido puntualizar que la previsión normativa del Acuerdo sobre limitación de la extensión máxima y otras condiciones extrínsecas de los escritos procesales referidos al recurso de casación está recogida en una ley y que no ha sido una “iniciativa libérrima de la Sala Tercera del TS”.

Además estas condiciones extrínsecas también existen en determinados tribunales, como el Tribunal de Justicia de la UE y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Por su parte, la presidente de la Abogacía española, Victoria Ortega, finalizó la jornada trasladando a los asistentes un comentario del decano del Colegio de Abogados de Cantabria, Jesús Pellón, sobre la extensión de los escritos de casación reconociendo “que las reglas son razonables y útiles si se aplican con la flexibilidad propia del cambio y de la novedad.

Yo pienso que un uso prudente por los compañeros y una interpretación flexible por la sala no generara conflictos ni recursos y aclarara las cosas”.

LIMITACIÓN DE LOS 600.000 EUROS

El presidente de la Sala Tercera defendió también en su exposición que la anterior limitación de 600.000 euros para iniciar el recurso de casación en lo contencioso administrativo “era indefendible en una sociedad democrática, porque la cuantía no debe ser un criterio para regular la admisibilidad de un recurso”.

Con estos antecedentes, se justifica la reforma del recurso de casación en lo contencioso administrativo y Díez-Picazo reconoció que la nueva regulación legal “reproduce las propuestas –aunque no eran idénticas- de la mayoría de los magistrados de la Sala Tercera del Tribunal Supremo”.

La idea básica del nuevo recurso–que entrará en vigor el próximo 22 de julio- es abrir el abanico de sentencias recurribles en casación. En un principio, cualquier resolución será accesible a la casación y permitirá crear una doctrina jurisprudencial.

En esta Jornada en la sede de la Abogacía también estuvieron presentes el vicepresidente del TS, Ángel Juanes y los magistrados de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Supremo, César Tolosa y Diego Córdoba.

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