La Fiscalía se opone a que Laporta ejerza la acusación particular en el caso Neymar
El presidente del FC Barcelona, Josep Maria Bartomeu, junto al delantero Neymar. (EP)

La Fiscalía se opone a que Laporta ejerza la acusación particular en el caso Neymar

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27/6/2016 14:18
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Actualizado: 27/6/2016 15:06
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La Fiscalía ha solicitado al juzgado de instrucción número 22 de Barcelona que desestime la petición del expresidente del FC Barcelona, Joan Laporta, de personarse como acusación particular en el caso Neymar.
El pasado 20 de junio Laporta envió un escrito al mismo juzgado en el que, oponiéndose al acuerdo alcanzado por el club, la Fiscalía y la Abogacía del Estado en el caso Neymar, solicitaba personarse en el proceso como «parte perjudicada por la nefasta gestión de los directivos investigados».

A partir de este acuerdo, el FC Barcelona admitía haber cometido dos delitos fiscales en los ejercicios 2011 y 2013 en el fichaje del brasileño Neymar da Silva, pagaba una multa de 5’5 millones de euros y se exoneraba de cualquier delito al expresidente Sandro Rosell y al actual, Josep Maria Bartomeu.

La Fiscalía se ha opuesto ahora a la petición de Laporta y ha solicitado al juzgado que desestime la misma, al entender que «no concurre en los solicitantes interés legítimo que posibilite o ampare su incorporación al mismo».

El fiscal insiste en que el papel de los tribunales no es determinar si la gestión del club fue nefasta –como la califica Laporta en su escrito–, y le invita a que, si lo que quiere es fiscalizar a la directiva, use los medios que el FC Barcelona recoge en sus estatutos y no instrumentalice el proceso penal para ello. Sino que la fiscalía tiene que ver  si incurrieron en un delito fiscal.

También reprocha al expresidente que, si tan preocupado estaba por perseguir por vía penal esta supuesta nefasta gestión, podría haber intentado comparecer en la causa en cualquier otro momento y no esperar a que se hubiese anunciado que los acusados y el FC Barcelona habían llegado a un acuerdo con las acusaciones del caso.

«En tales condiciones resulta obvio que el verdadero interés de la parte comparecida no es la defensa de intereses legítimos, de manera desinteresada, para así participar en la recta administración de justicia, sino otro muy diverso (que este Ministerio no va a calificar por resultar el mismo claramente evidenciado en el propio escrito presentado), y que, a la luz de lo precedentemente expuesto, desautoriza definitivamente dicha pretendida personación», concluye el fiscal. (EP)

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