El Barça, condenado a indemnizar a un proveedor por no llevar a cabo el cumplimiento del contrato amparándose en la pandemia
El Tribunal Supremo ha anulado la reforma estatutaria aprobada en 2018 por el FC Barcelona por falta de información a los socios. Foto: EP

Varapalo del Supremo al FC Barcelona: la cesión onerosa del abono no puede considerarse «infracción grave»

23 / 02 / 2026 15:37

Actualizado el 23 / 02 / 2026 15:44

En esta noticia se habla de:

El Tribunal Supremo (TS) ha anulado la reforma estatutaria aprobada en 2018 por el FC Barcelona que amplió la consideración de “infracción grave” a la “cesión onerosa” del abono por parte de los socios, al entender que estos no fueron informados de manera adecuada sobre la modificación.

La sentencia estima el recurso de casación interpuesto por varios socios del club que fueron sancionados en 2018 por la cesión de sus abonos tras un partido frente al Real Madrid.

La reforma ahora declarada nula fue aprobada en la Asamblea General Ordinaria celebrada el 20 de octubre de 2018, en la que se modificó el artículo 73.b) de los Estatutos del club para ampliar el concepto de “cesión onerosa” del abono y convertirlo en conducta sancionable.

El Supremo señala que la “memoria explicativa” de la modificación estatutaria “sólo se envió por carta a los socios compromisarios”, es decir, a quienes podían asistir a la asamblea y ejercer su derecho al voto.

Un cambio del FC Barcelona que no cumplía requisitos

Los recurrentes, representados por el abogado Luis Miralbell, argumentaron que la memoria justificativa del cambio estatutario, incluso en el caso de que se hubiera publicado —algo que, según sostienen, no hizo el club—, no cumplía los requisitos mínimos de justificación razonada que exige una explicación adecuada del sentido de los cambios propuestos.

El alto tribunal razona que, aunque el FC Barcelona cuenta con más de 110.000 socios y resulta razonable que en la asamblea general participen únicamente los compromisarios, ello no excluye que todos los socios tengan derecho a recibir información sobre los acuerdos que afecten individualmente a su condición.

En este sentido, el TS subraya que no puede considerarse cumplido el trámite de información pública por el mero hecho de que, en teoría y sin advertencia expresa en este caso, los socios pudieran acceder a la documentación personándose en la Oficina del Compromisario.

Según ha explicado el letrado en una nota de prensa, más de 2.800 socios fueron privados de acceder al estadio durante toda una temporada por una supuesta cesión irregular de sus abonos, en una decisión adoptada por la junta directiva presidida entonces por Josep Maria Bartomeu tras el partido disputado el 6 de mayo de 2018.

Noticias relacionadas:

El Supremo cambia las reglas sobre qué ocurre cuando un heredero muere sin aceptar una herencia

La Justicia «premia» la colaboración de Aldama y no irá a prisión por el caso mascarillas

El Supremo condena a Ábalos a 24 años de prisión y a Koldo a 19 años por liderar una trama de corrupción con contratos públicos

 La curiosidad pública no es motivo para invadir la intimidad, según el TS

Andrés Martínez Arrieta asume el control judicial de las actividades del CNI

El Estado, condenado a pagar 2,5 millones de euros a Ahmed Tommouhi: pasó 18 años en prisión por dos violaciones que no cometió

Lo último en Tribunales

elisa mouliaá instagram playa

Mouliaá pide perdón al juez Zamarriego: nunca estuvo en Emiratos Árabes

herencia tribunal supremo

El Supremo cambia las reglas sobre qué ocurre cuando un heredero muere sin aceptar una herencia

violación

Condenado por una violación cometida en 2018 gracias al relato de la víctima de 12 años: el testimonio fue único y verosímil

Müller

El «fraude del CEO» no libra del despido: el TSJ balear avala el cese de una empleada que pagó 14.000 euros pese a las advertencias

CARA

Crear una imagen de una chica desnuda con IA es un tratamiento de los datos personales, según la AEPD