La Audiencia Nacional rechaza entregar a Portugal a una madre que abandonó el país con sus dos hijos

30 / 08 / 2016 07:56

El Juzgado Central de Instrucción 6 de la Audiencia Nacional ha rechazado entregar a Portugal a una madre que abandonó con sus dos hijos este país para trasladarse a España por motivos laborales y fue denunciada por el padre de los niños, un hombre de nacionalidad lusa que no posee la custodia de los menores.

La mujer, que se presentó voluntariamente en las dependencias judiciales el pasado 16 de agosto y quedó en libertad, disfruta de la guarda de ambos y asegura que avisó a su expareja de su decisión de marcharse del país y residir en España donde había encontrado trabajo. A pesar de ello, éste la acusó de huir sin su consentimiento lo que provocó que las autoridades portuguesas cursaran una Orden Europea de Detención (OED) en su contra.

Según el escrito de alegaciones de la defensa, al que ha tenido acceso Europa Press, el padre estaba incumpliendo con el pago de las pensiones de alimentos de los dos menores desde hace más de un año y nunca ha ejercido su derecho de visitas.

La defensa, ejercida por el abogado Juan Gonzalo Ospina, también esgrimió entre sus argumentos que los niños han mejorado desde su traslado a España, tienen buenos resultados académicos y una correcta adaptación a su nuevo país de residencia.

En el auto en el que el Juzgado Central de Instrucción 6 se niega a ejecutar la OEDE, el juez destaca que la mujer ostenta la guardia de los niños menores y pone de manifiesto que en el año 2013 sufrió un episodio de malos tratos.

El magistrado Santiago Pedraz –en sustitución del juez Eloy Velasco que se encuentra de vacaciones– fundamenta su decisión en las circunstancias del caso y que existe documentación aportada en la que queda demostrada la situación laboral de la mujer, contratada en España como anestesista en la sanidad pública.

«Ha dispensado a los menores la educación y el mantenimiento propio», señala el magistrado que agrega que la madre cuenta con un «fuerte arraigo» en España. La decisión se produce en contra del criterio de la Fiscalía que alegó que no existían motivos para oponerse a la entrega. (EP)

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