El futbolista Raúl, embargado por 9,3 millones por una inversión fallida en renovables

El futbolista Raúl, embargado por 9,3 millones por una inversión fallida en renovables

24 / 10 / 2016 18:09

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Una juez ha ordenado el embargo por 9,3 millones de euros de la empresa Europa Scar Sport SL, propiedad del exfutbolista del Real Madrid Raúl González Blanco y administrada por su madre, María Luisa Blanco, que le reclama Aurantia 2003 SL por una inversión fallida en energías renovables y fotovoltaica en 2008.

La juez asegura que ordena esta ejecución tras haber dado la razón meses atrás a la sociedad Aurantia, que era socia de Raúl, y le reclama los citados 7,17 millones de euros a los que añade otros 2,15 millones por intereses y costas de la ejecución de la sentencia.

Los abogados de Raúl González han presentado recurso contra la ejecución de la orden judicial, alegan que Europa Scar Sport ha solicitado concurso de acreedores y, por tanto, se encuentra en este momento protegida.

Según dicha resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, los hechos se remontan a 2008 cuando Raúl se asoció con la empresa Aurantia y adquiere un 20 por ciento del capital de Cadmos Energías Renovables para montar una fábrica de paneles solares en Cádiz.

La juez ha concedido tras esto un plazo de cinco días a la citada empresa para que haga entrega el certificado de esta situación y levantar la orden de embargo.

El fallo judicial es consecuencia de la reclamación presentada por la empresa Aurantia con la que Raúl González se asoció en 2008 para adquirir el 20% del capital de una sociedad llamada Cadmos Energías Renovables, en la que los demandantes poseían el 80% del capital restante.

Cadmos, que pretendía poner en marcha en Cádiz un fábrica de paneles solares, solicitó al banco Crédit Suisse un crédito de 35 millones de euros que, según Aurantia, todos los socios se comprometieron a devolver. El proyecto no se llevó a cabo y la entidad financiera exigió la cantidad aportada.

Este 20 de octubre el juez titular del juzgado Ángel Ramón Jiménez del Olmo le ha dado un plazo de 5 días para que aporte una copia sellada de la solicitud del concurso para acordar la suspensión del embargo, que sí consta en el juzgado de lo Mercantil, que recayó en el Juzgado número 7 de Madrid. (CONFILEGAL/EP)

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