6 años de prisión para un policía por vender la cocaína que debía custodiar

6 años de prisión para un policía por vender la cocaína que debía custodiar

21 / 11 / 2016 17:10

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El Tribunal Supremo ha condenado a seis años de cárcel a un agente de la Policía Nacional por apropiarse de 55 cápsulas de droga, que expulsan de su organismo los detenidos en el aeropuerto de Madrid-Barajas conocidos como ‘boleros‘, para luego revenderlas en la calle.

La Sala II de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena impuesta al policía José Manuel H.T. por la Audiencia Provincial de Madrid, por un delito contra la salud pública con carácter agravado, dado que considera que se sirvió de su cargo para cometer el delito.

No obstante, ha sido absuelto de la condena a seis meses de prisión por un delito de malversación de caudales públicos del 432 del Código Penal, que le impuso la Audiencia Provincial,al considerar que la actual condena ya contempla ese delito.

Los hechos se produjeron el 10 de octubre de 2013 en el hospital madrileño Gregorio Marañón, en el que el acusado trabajó como funcionario policial encargado de custodiar las sustancias estupefacientes que la Policía intercepta en el aeropuerto Madrid-Barajas dentro del organismo de algunos pasajeros, a los que trasladan al centro médico para proceder a su incautación.

Según determinó la Audiencia Provincial de Madrid, José Manuel H.T. accedió a la caja fuerte del módulo de custodia y extrajo varias cápsulas de cocaína, que posteriormente trasladó al domicilio de un tercero, Paul Alexander P.P., quien debía realizar la venta en la calle.

El acusado fue interceptado por la Policía en el momento de la entrega, cuando se encontraba en posesión de las 55 cápsulas.

Al analizar el contenido, resultó ser cocaína con un peso neto de 377 grs con una pureza del 82,3%, lo que se traduce en un valor en el mercado ilícito de 46.099 euros.

Por este motivo, el Tribunal considera que el acusado se sirvió de su posición privilegiada para apropiarse de la droga y venderla en la calle, previa adulteración de su contenido, a través de un tercero.

Además, el Tribunal Supremo mantiene la pena de tres años de prisión para Paul Alexander P.P. por un delito contra la salud pública que fue impuesta por la Audiencia de Madrid.

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